Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20250414-38)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE ABRIL DE 2025
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante anuncio del Área
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, hecho público en el “Boletín
Oficial del Estado” número 285, de 28 de octubre de 2020 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 292, de 30 de noviembre de 2020. Asimismo, el mencionado
anuncio fue remitido para su exposición pública a los Ayuntamientos de Loeches, Mejorada
del Campo, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Ajalvir, Alcobendas, Cobeña, Coslada, Madrid, Torrejón de Ardoz y Velilla de San Antonio. En el plazo legalmente
establecido, se recibieron alegaciones que fueron contestadas por el promotor.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental (en
adelante, EsIA) acompañadas de solicitudes de informe a los efectos de lo establecido en el
artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, al Ayuntamiento de Ajalvir, al Ayuntamiento de Alcobendas, al Ayuntamiento de Cobeña, al Ayuntamiento de Coslada, al
Ayuntamiento de Madrid, al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a la Oficina Española del
Cambio Climático, a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad
de Madrid, a Ecologistas en Acción, a SEO/Birdlife, a la Sociedad Española de Sanidad
Ambiental, a WWF/ADENA, a la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, a la Compañía
Logística de Hidrocarburos (denominada “Exolum” en la actualidad), a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, a la Dirección General de
Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Biodiversidad
y Calidad Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid,
a la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid,
a la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo y a la Subdirección General de Protección Civil, Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 de la Comunidad de Madrid.
El Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid remitió informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto de utilidad pública.
El proyecto de cambio de tensión a 400 kV de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, San Sebastián de los Reyes-Loeches 2, en la provincia de
Madrid, fue sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), concretada mediante
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se
establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales (“Boletín Oficial del Estado” número 309, de 26 de diciembre de 2022).
En lo relativo a las medidas y condicionantes, de acuerdo con lo establecido en la citada DIA serán de aplicación al proyecto las condiciones generales establecidas en relación a
que el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas
en el estudio de impacto ambiental y las aceptadas tras la información pública, o contenidas
en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la citada resolución de DIA, así como las condiciones y medidas adicionales especificadas en esta.
Por otro lado, la DIA establece que, cada una de las medidas establecidas en el estudio
de impacto ambiental y en la DIA, deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor
en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a la aprobación de la instalación.
Teniendo en consideración que Red Eléctrica deberá atender a todos los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en particular se estará al cumplimiento de los siguientes aspectos:
— Aprovechando las mejoras que se van a introducir en la línea, se estudiará la viabilidad técnica de ampliar la parte de la línea eléctrica que discurre de forma soterrada, sobre todo en la parte que transita por la zona de mayor siniestralidad para la
avifauna. En todo caso se colocarán dispositivos salvapájaros en la totalidad de los
tramos no urbanos de la línea o, como mínimo, en las zonas de mayor riesgo potencial de colisiones; también los cables de tierra deberán señalizarse adecuadamente.
— Previamente a la aprobación del proyecto de constructivo, se recabará informe de
conformidad de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid sobre el diseño de detalle de las medidas para la avifauna
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BOCM-20250414-38
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE ABRIL DE 2025
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante anuncio del Área
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, hecho público en el “Boletín
Oficial del Estado” número 285, de 28 de octubre de 2020 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 292, de 30 de noviembre de 2020. Asimismo, el mencionado
anuncio fue remitido para su exposición pública a los Ayuntamientos de Loeches, Mejorada
del Campo, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Ajalvir, Alcobendas, Cobeña, Coslada, Madrid, Torrejón de Ardoz y Velilla de San Antonio. En el plazo legalmente
establecido, se recibieron alegaciones que fueron contestadas por el promotor.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental (en
adelante, EsIA) acompañadas de solicitudes de informe a los efectos de lo establecido en el
artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, al Ayuntamiento de Ajalvir, al Ayuntamiento de Alcobendas, al Ayuntamiento de Cobeña, al Ayuntamiento de Coslada, al
Ayuntamiento de Madrid, al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a la Oficina Española del
Cambio Climático, a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad
de Madrid, a Ecologistas en Acción, a SEO/Birdlife, a la Sociedad Española de Sanidad
Ambiental, a WWF/ADENA, a la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, a la Compañía
Logística de Hidrocarburos (denominada “Exolum” en la actualidad), a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, a la Dirección General de
Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Biodiversidad
y Calidad Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid,
a la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid,
a la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo y a la Subdirección General de Protección Civil, Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 de la Comunidad de Madrid.
El Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid remitió informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto de utilidad pública.
El proyecto de cambio de tensión a 400 kV de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, San Sebastián de los Reyes-Loeches 2, en la provincia de
Madrid, fue sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), concretada mediante
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se
establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales (“Boletín Oficial del Estado” número 309, de 26 de diciembre de 2022).
En lo relativo a las medidas y condicionantes, de acuerdo con lo establecido en la citada DIA serán de aplicación al proyecto las condiciones generales establecidas en relación a
que el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas
en el estudio de impacto ambiental y las aceptadas tras la información pública, o contenidas
en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la citada resolución de DIA, así como las condiciones y medidas adicionales especificadas en esta.
Por otro lado, la DIA establece que, cada una de las medidas establecidas en el estudio
de impacto ambiental y en la DIA, deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor
en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a la aprobación de la instalación.
Teniendo en consideración que Red Eléctrica deberá atender a todos los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en particular se estará al cumplimiento de los siguientes aspectos:
— Aprovechando las mejoras que se van a introducir en la línea, se estudiará la viabilidad técnica de ampliar la parte de la línea eléctrica que discurre de forma soterrada, sobre todo en la parte que transita por la zona de mayor siniestralidad para la
avifauna. En todo caso se colocarán dispositivos salvapájaros en la totalidad de los
tramos no urbanos de la línea o, como mínimo, en las zonas de mayor riesgo potencial de colisiones; también los cables de tierra deberán señalizarse adecuadamente.
— Previamente a la aprobación del proyecto de constructivo, se recabará informe de
conformidad de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid sobre el diseño de detalle de las medidas para la avifauna
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