D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250405-13)
Convenio –  Convenio de 17 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Asociación Barró para el desarrollo de un servicio de mediación social intercultural en la Cañada Real Galiana en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 81

SÁBADO 5 DE ABRIL DE 2025

Pág. 287

lla información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la normativa anteriormente citada, así como a la vigente en cada momento, en los términos dispuestos en el
anexo i del presente convenio.
Las partes velarán por el cumplimiento del esquema nacional de seguridad vigente.
Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios
gestionar para llevar a buen fin el presente convenio, que sus datos serán tratados conforme la normativa vigente por la Dirección General de Infancia, Familias y Fomento de la
Natalidad, en la actividad de tratamiento “Convenios administrativos”. Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Dirección General de Infancia, Familias y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada, presentada ante el registro correspondiente, o bien contactar al delegado de
protección de datos en protecciondatos-psociales@madrid.org . Los firmantes pueden consultar la información referida al deber de información de protección de datos personales en
el anexo correspondiente”.
Octava
Indicación de la vinculación, publicidad e imagen
La Comunidad de Madrid y la Asociación Barró se comprometen a citar su colaboración mutua en cualquier acto de comunicación o difusión referido a las actividades objeto
del convenio.
La Asociación Barró introducirá de forma visible el logotipo de la Comunidad de
Madrid y su respectivo logotipo en cuantas publicaciones, ediciones y demás material de
difusión o publicación realice relacionado con el objeto convenido.
La Comunidad de Madrid se reserva todos los derechos sobre sus marcas y nombres y
(en general) sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual.
Novena
Financiación

ANUALIDAD

Nº DE MESES DE
IMPUTACIÓN

Nº DE MESES
DE EJECUCIÓN

BASE IMPONIBLE
(IVA EXENTO)

TOTAL

Año 2025*

9 meses

10 meses

57.085,15 €

57.085,15 €

Año 2026

12 meses

12 meses

76.113,53 €

76.113,53 €

Año 2027

12 meses

12 meses

76.113,53 €

76.113,53 €

Año 2028

12 meses

12 meses

76.113,53 €

76.113,53 €

Año 2029**

3 meses

2 meses

19.028,38 €

19.028,38 €

304.454,12 €

304.454,12 €

TOTAL
* Imputación 2025: del 1 de marzo de 2025 al 30 de noviembre de 2025
** Imputación 2029: del 1 de diciembre de 2029 al 28 de febrero de 2029

BOCM-20250405-13

1. El coste total del desarrollo del programa de mediación social intercultural con los
niños y sus familias en la Cañada Real Galiana es de 95.141,91 euros anuales, IVA exento.
2. La financiación del programa de mediación social intercultural a cargo de la Comunidad de Madrid ascenderá a la cantidad de 76.113,53 euros anuales, IVA exento, con
cargo al subconcepto 25401 del programa 232F de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para cada ejercicio presupuestario, lo que supone el 80 % del coste total
anual del programa.
3. La Asociación Barró aportará al proyecto medios humanos y materiales por valor
de 19.028,38 euros anuales, lo que supone el 20 % del coste total anual del programa.
Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid y la Asociación Barró iran destiadas a sufragar el total del coste anual del programa de mediación social intercultural.
Se plantea un gasto con el siguiente desglose por anualidades, teniendo en cuenta que
si el inicio del convenio fuese distinto al previsto, por formalizarse con posterioridad, los
costes seguirán siendo los mismos, pero periodificados en función de la fecha de suscripción del convenio, y se mantendrán los porcentajes de cofinanciación: