C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250322-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 1 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S. A. (Código número 28001422011982)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 56

SÁBADO 22 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 69

j) Matrimonio de hijos e hijas.
Por tiempo de hasta dos días al año en el caso de matrimonio de hijas y/o hijos, ampliándose en
caso de desplazamiento, según los criterios generales de aplicación en tales supuestos.
El permiso por matrimonio de hija/o deberá disfrutarse incluyendo el día del matrimonio dentro de
los dos días de permiso retribuido a disfrutar por esta causa. El tratamiento documental del
matrimonio de hijos del trabajador será el mismo que el exigido a aquel para el disfrute del permiso
por matrimonio.
k) Traslado de domicilio.
Durante un día por traslado de su domicilio habitual.
l) Deber inexcusable.
Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y
personal.
Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta
disponga en cuanto a duración de la ausencia y su compensación económica.
El personal que tenga que asistir a citaciones judiciales en asuntos relacionados con la Empresa
en horas dentro de su jornada de trabajo, excluidas las ausencias por reclamaciones y demandas
laborales contra la Empresa, que se regularán por lo establecido en la legislación laboral vigente, lo
hará sin que suponga pérdida alguna de su retribución por el tiempo empleado en estos menesteres.
Desde el 01 de enero de 2024, la asistencia a juicios cuando la persona trabajadora sea citada por
la Empresa no supondrá una merma en sus retribuciones y se contabilizará como prestación
realizada a todos los efectos.
Del mismo modo no sufrirá pérdida de retribución alguna, ni cambio en el horario de trabajo, el
personal que hubiera de presentarse en la Dirección de la Empresa o Jefaturas respectivas a
requerimiento de estas.
m) Derechos educativos generales.
Por el tiempo establecido para disfrutar de los derechos educativos generales y de la formación
profesional, en los supuestos y en la forma regulada por Ley.
n) Renovación carné de conducir.
El personal de conductores/as de autobuses con servicio en línea, en grúas, conductores/as
auxiliares de Estación y de servicio o aquel otro personal que tenga asignada la conducción habitual
en la vía pública de vehículos de la Empresa, podrá optar por disfrutar un día libre, que deberá
coincidir con la fecha de renovación del permiso de conducir, para efectuar las gestiones
correspondientes a la renovación periódica del carnet de conducir en la Jefatura de Tráfico o para la
realización del examen psicotécnico o bien por cobrar en concepto de renovación y gastos de
examen psicotécnicos un importe total de 60 euros.
Esta norma será de aplicación, igualmente, para aquel personal que requiera, para la prestación de
su servicio habitual y continuado, estar en posesión del carné de conducir.
ñ) Intervención quirúrgica/Prueba diagnóstica a persona trabajadora.

LISTADO DE PRUEBAS QUE PRECISAN DE ALGÚN DÍA DE
PREPARACIÓN O REPOSO POSTERIOR:
o
o
o
o
o

Pruebas oculares que requieran dilatación previa de pupila.
Cirugía de cataratas o refractiva.
Urografías (precisan también limpieza de colon, como las colonoscopias).
Estudios y tratamientos de fertilidad (histerosalpingografía).
Tránsito Intestinal (Rectoscopia, Colonoscopia, Sigmoidoscopia, Enema Opaco,
Gastroscopia).

BOCM-20250322-2

En aquellos casos en los que la persona trabajadora tenga que ser sometida a una intervención
quirúrgica sin hospitalización o a una prueba diagnóstica que requiera una preparación previa, o
posterior reposo, y que le impida prestar sus servicios con normalidad, se concederá permiso
retribuido.