Alcalá de Henares (BOCM-20250317-50)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 64

Redacción modificada
3.10.3.5. Retranqueos.
El retranqueo a la calle será de 5,50 metros.
El retranqueo a linderos y al fondo será de 10,00 metros.
En todo caso se respetará la línea límite de edificación reflejada en la documentación gráfica.

3.2.2

SOSTENIBILIDAD DEL MODELO DE DESARROLLO PROPUESTO

3.2.2.1 MEMORIA DE VIABILIDAD ECONÓMICA
La presente Modificación Puntual no tiene incidencia económica ya que no genera nuevas
cargas urbanísticas sobre la parcela. Las parcelas P-11 y P-13 son suelo urbano consolidado y
tienen la condición de solar, por lo que resultan edificables en las condiciones establecidas por el
planeamiento, que en este caso el presente documento viene a modificar y complementar.
3.2.2.2 MEMORIA DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA Y DE IMPACTO EN LAS HACIENDAS
PÚBLICAS
La presente Modificación Puntual de Plan Parcial no constituye una actuación de
transformación urbanística en los términos expresados en el artº 7 del TRLSRU 7/2015, por lo que
no resulta preceptiva la emisión del informe de sostenibilidad económica y de impacto en las
haciendas públicas recogido en el artº 22.
En cualquier caso, por el alcance de la Modificación Puntual, de la aprobación definitiva del
presente documento no se prevé que pueda derivarse impacto sobre la Hacienda Municipal, dado
que no genera cargas urbanísticas que deba asumir el Ayuntamiento.
3.2.3

MEMORIA DE IMPACTO NORMATIVO

Objeto del Análisis
El objeto de este informe es analizar el impacto que el urbanismo puede tener sobre los
diversos colectivos, tanto en materia de género, así como sobre los distintos grupos sociales
(infancia, adolescencia y familia) o personas con problemas de movilidad y plantear objetivos y
propuestas para mejorar la inclusión de estos colectivos en el contexto de la ciudad. Busca el estudio
y la consideración de las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de las
personas, asegurando un clima de integración adecuado, dentro del principio de igualdad entre
mujeres y hombres.

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El urbanismo sea una herramienta para corregir las desigualdades urbanas.
Las ciudades reconozcan las necesidades específicas de cada grupo social (niños, jóvenes,
mayores, personas con problemas de movilidad o discapacidad).
La escala de barrio sea el elemento básico de organización, gestión y planificación urbana,
acogiendo y promoviendo la transformación social y posibilitando la autonomía dentro de
estos espacios, siempre con condiciones de seguridad, calidad y habitabilidad.
El barrio debería solucionar las necesidades básicas de uso cotidiano sin tener que hacer
uso del transporte privado: compra de productos básicos, servicios de proximidad, servicios
de salud primaria, etc.
Los equipamientos estén situados cerca del continuo urbano y generen bienestar,
garantizando una oferta pública de calidad y proximidad
Se eviten los espacios inseguros que puedan dar lugar a posibles agresiones o situaciones
de peligro y discriminación.

BOCM-20250317-50

La finalidad es la incorporación de actuaciones específicas dirigidas a eliminar las
desigualdades en todas las políticas y acciones, en sus diferentes niveles y fases, para ofrecer un
acceso equitativo a oportunidades sociales, económicas, políticas, laborales, educativas, culturales
y de salud. Persigue incorporar la perspectiva de género y la no discriminación por problemas de
movilidad al planeamiento urbanístico de manera que: