Alcalá de Henares (BOCM-20250317-50)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 64

LUNES 17 DE MARZO DE 2025

Pág. 213

Artº 3.10.4.3 Edificabilidad y usos permitidos (Norma nº 4 –Equipamiento Social y Comercial)
Redacción vigente
3.10.3.3. Edificabilidad y usos permitidos.
La Edificabilidad de la parcela P-20A (privada) es 1.885,67 m2, y de la parcela P-20B (pública) 0,5
m2/m2.
Altura máxima de la edificación: 7,00 metros.
Usos permitidos y característicos:
-

Comercial en grupos I, II, III y IV en situación A, B, C y D.
Oficinas, grupos I y II y situación A, B, C y D.
Hotelero y Hostelero, grupos I y II y situación A, B, C y D.
Sociocultural, espectáculos y salas de reunión incluidos en el grupo de CNAE 969, grupo I
y situación A, B, C y D, restringido a los usos de academias y profesores de baile, las
apuestas mutuas y loterías.
Educativo público y privado, grupos I, II, III, IV y V y situación A, B, C y D.
Sanitario-asistencial, público y privado, grupo II y situación A, B, C y D.
Deportivo, público y privado, grupo I y situación A, B, C y D.

Redacción modificada
3.10.3.3. Edificabilidad y usos permitidos.
La Edificabilidad de la parcela P-20A (privada) es 1.885,67 m2, y de la parcela P-20B (pública) 0,5
m2/m2.
Altura máxima de la edificación: 7,00 metros.
Usos pormenorizados de la edificación:
Usos característicos:
Comercial en grupos I, II, III y IV en situación A, B, C y D.
Oficinas, grupos I y II y situación A, B, C y D.
Hotelero y Hostelero, grupos I y II y situación A, B, C y D.
Sociocultural, espectáculos y salas de reunión incluidos en el grupo de CNAE 969, grupo I
y situación A, B, C y D, restringido a los usos de academias y profesores de baile, las
apuestas mutuas y loterías.
Educativo público y privado, grupos I, II, III, IV y V y situación A, B, C y D.
Sanitario-asistencial, público y privado, grupo II y situación A, B, C y D.
Deportivo, público y privado, grupo I y situación A, B, C y D.
Usos compatibles:
Automóvil. Grupo I. Grupos III, IV y V en situación D. Prohibido en todos los demás casos.

Artº 3.10.3.5 Retranqueos (Norma nº 3 –Deportivo)
Redacción vigente

El retranqueo a la calle será de 5,50 metros.
El retranqueo a linderos y al fondo será de 10,00 metros.
El retranqueo de la edificación a la línea que separa el PASO RESTRINGIDO será de 10,00 metros.
En todo caso se respetará la línea límite de edificación reflejada en la documentación gráfica.”

BOCM-20250317-50

“3.10.3.5. Retranqueos.