D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250317-25)
Convenio –  Convenio de 3 de marzo de 2025, entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), para la realización de prácticas externas curriculares de los alumnos de la Universidad de Alcalá en la Real Escuela Superior de Arte Dramático
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 64

f)

Criterios de conservación: los datos personales mantendrán durante la vigencia
del convenio. No obstante, serán objeto de conservación posterior en aplicación
de la legislación española sobre patrimonio histórico y documental.
g) Ejercicio de derechos: las personas interesadas pueden ejercer sobre sus datos personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y limitación al tratamiento, a la oposición a su tratamiento y, en su caso, a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, dirigiendo una
solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos
personales”. Dispone de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
h) Autoridad de protección de datos: las personas interesadas tienen el derecho a presentar reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos, bien a través de
su sede electrónica o en su domicilio, calle Jorge Juan, número 6, 28001 Madrid.
Decimotercera
Transparencia
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como a la Ley 10/2019, de 10 de
abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Decimocuarta
Difusión
La Universidad de Alcalá y la Real Escuela Superior de Arte Dramático se autorizan
recíprocamente a utilizar sus respectivos logotipos como entidades colaboradoras exclusivamente en la difusión y publicidad de las actividades objeto del presente convenio, sujeto
a las reglas e instrucciones que ambas entidades puedan proporcionarse recíprocamente a
tal efecto.
Decimoquinta
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión
está formada por el/los responsables designados tanto por la Universidad de Alcalá como
por la Real Escuela Superior de Arte Dramático junto con los tutores designados tanto por
la Universidad de Alcalá como por la Real Escuela Superior de Arte Dramático, o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar en
la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará
su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimosexta
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la
de la legislación de contratos del sector público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas
generales de derecho administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.

BOCM-20250317-25

Régimen jurídico