Madrid (BOCM-20250108-51)
Régimen económico. Alcaldía. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 6

BOCM-20250108-51

zación del plazo de gastos subvencionables, en cada uno de los supuestos, y sin perjuicio de
la posibilidad de justificación en una fecha anterior si el proyecto hubiese finalizado antes.
La justificación no adecuada del cumplimiento del objeto de la subvención originará
el inicio del expediente de reintegro de la subvención total o parcialmente, en función del
grado de cumplimiento.
Decimotercero. Responsabilidades, reintegro de subvenciones y régimen sancionador.—La base trigésima quinta regula el régimen de responsabilidades, reintegro y régimen
sancionador, señalando que el incumplimiento de las obligaciones señaladas en la presente
convocatoria, así como los restantes supuestos establecidos en los artículos 37 LGS y 91 a 93
RGS, darán lugar al reintegro de las cantidades percibidas y a la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se
acuerde la procedencia del reintegro.
Madrid, a 26 de diciembre de 2024.—La Coordinadora General de la Alcaldía, María
Inmaculada Sánchez-Cervera Valdés.
(03/21.706/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791