D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241101-19)
Convenio – Adenda de 16 de octubre de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 261
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 193
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
19
ADENDA de 16 de octubre de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, para la valoración de la idoneidad de
los solicitantes de adopción internacional durante el período comprendido entre
el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
En Madrid, a 16 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, en virtud del Decreto 46/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que
le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D.a Belén Novillo García, Ilma. Sra. Decana del Colegio Oficial de Trabajo
Social de Madrid, actuando en representación del mismo en virtud de nombramiento inscrito en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid por Orden de 10
de julio de 2024 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Ambas intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la segunda adenda de prórroga, y
EXPONEN
Primero
Que el día 14 de enero de 2020 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid
(a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad
actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de
Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, siendo
posteriormente prorrogado mediante adenda del convenio de fecha 6 de junio de 2023, por
el plazo de un año, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Segundo
Que la cláusula decimoprimera del convenio contempla que las partes firmantes podrán
acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h). 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y que la misma deberá tramitarse y formalizarse con dos
meses de antelación a la fecha de vencimiento del convenio o cualquiera de sus prórrogas.
Que todas las partes desean continuar colaborando en materia de apoyo a las tareas de
cooperación internacional relativas a la adopción, respecto al estudio, evaluación y elaboración de los informes necesarios para la valoración de los solicitantes de adopción internacional residentes en la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Que el convenio no conlleva coste económico, por lo que no supondrá compromiso
presupuestario alguno para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
BOCM-20241101-19
Tercero
B.O.C.M. Núm. 261
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 193
I. COMUNIDAD DE MADRID
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19
ADENDA de 16 de octubre de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, para la valoración de la idoneidad de
los solicitantes de adopción internacional durante el período comprendido entre
el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
En Madrid, a 16 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, en virtud del Decreto 46/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que
le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D.a Belén Novillo García, Ilma. Sra. Decana del Colegio Oficial de Trabajo
Social de Madrid, actuando en representación del mismo en virtud de nombramiento inscrito en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid por Orden de 10
de julio de 2024 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Ambas intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la segunda adenda de prórroga, y
EXPONEN
Primero
Que el día 14 de enero de 2020 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid
(a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad
actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de
Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, siendo
posteriormente prorrogado mediante adenda del convenio de fecha 6 de junio de 2023, por
el plazo de un año, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Segundo
Que la cláusula decimoprimera del convenio contempla que las partes firmantes podrán
acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h). 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y que la misma deberá tramitarse y formalizarse con dos
meses de antelación a la fecha de vencimiento del convenio o cualquiera de sus prórrogas.
Que todas las partes desean continuar colaborando en materia de apoyo a las tareas de
cooperación internacional relativas a la adopción, respecto al estudio, evaluación y elaboración de los informes necesarios para la valoración de los solicitantes de adopción internacional residentes en la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Que el convenio no conlleva coste económico, por lo que no supondrá compromiso
presupuestario alguno para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
BOCM-20241101-19
Tercero