C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240726-19)
Plan general de urbanismo – Acuerdo de 17 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 11 de octubre de 2023, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para incluir en el Catálogo de Edificios Protegidos, los bienes inmuebles denominados “Escuela Logística del Ejército de Tierra, Edificios Alojamientos” y “Escuela Logística del Ejército de Tierra, Edificio Docente” (Acuartelamiento San Cristóbal de Villaverde y Edificio de Alojamientos y Edificio Docente de la Antigua Escuela de Logística del Ejército de Tierra, según nomenclatura del Ministerio de Defensa). Número de catálogo 99118
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B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
del Catálogo de Edificios Protegidos en Madrid”, han de respetar en todo momento y lugar las competencias previstas tanto en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de
noviembre, de la Defensa Nacional, respecto de los cometidos que sean necesarios para el cumplimiento de las misiones que se asignan a las Fuerzas Armadas,
como en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para
la Defensa Nacional. A tal fin, el Gobierno de la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Defensa colaborarán recíprocamente para la eficaz gestión y protección de los bienes y derechos afectados a la Defensa Nacional e integrados en los
edificios y entornos de protección objeto de catalogación para que no exista merma alguna de los referidos altos fines de la Defensa Nacional. Por ello, toda actuación o limitación, de la índole que sea, sobre bienes inmuebles adscritos a la Defensa Nacional en la Ciudad de Madrid, deberá contar con la previa anuencia
expresa y por escrito del Ministerio de Defensa, y podrán ser denegadas motivadamente si suponen un impacto negativo en los intereses de dicho Departamento
Ministerial. A estos mismos efectos, el Ministerio de Defensa podrá llevar a cabo
las obras y actuaciones que considere precisas en estos inmuebles demaniales que
tiene adscritos para el cumplimiento de sus fines».
2) Incluir un documento complementario al anexo publicado en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 259 de 31 de octubre de 2023, denominado “Anexo complementario de condiciones ambientales y determinaciones de informes sectoriales para el desarrollo de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 para la ampliación del Catálogo de Espacios Protegidos”,
con el siguiente contenido:
En cumplimiento del informe de 12 de enero de 2024, del General Auditor Subdirector General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, se incorpora la siguiente
condición vinculante para su desarrollo:
«Servidumbres aeronáuticas: La modificación del Plan General de Ordenación
Urbanística de Madrid 97, (Ampliación de catálogo de edificios protegidos de
Madrid), se encuentra afectada en su totalidad por las Zonas de Servidumbres Aeronáuticas correspondientes a la Bases Aéreas de Torrejón de Ardoz, Cuatro Vientos y Getafe, establecidas respectivamente por los Reales Decretos: 120/2019, de
1 de marzo, 1420/1992, de 20 de noviembre, y 330/2011, de 4 de marzo, Servidumbres Aeronáuticas cuyos planos se hacen constar en el presente instrumento,
entre sus planos normativos, significándose respecto al planeamiento urbanístico,
que al encontrarse la totalidad del ámbito de estudio incluido en las zonas y espacios afectados por servidumbres aeronáuticas de las citadas bases aéreas, la ejecución de cualquier construcción, instalación (postes, antenas, aerogeneradores (incluidas las palas), medios necesarios para la construcción (incluidas las grúas de
construcción y similares) o plantación, requerirá informe favorable por parte del
Ministerio de Defensa (DIGENIN), circunstancia que debe recogerse en los documentos de planeamiento urbanístico que dimanen de la presente modificación.
A estos efectos se incorporan como documentación del expediente los planos que
recogen dichas servidumbres a fecha de febrero de 2024».
3) Incluir en la documentación gráfica de la Modificación Puntual el plano de las servidumbres aeronáuticas de las bases aéreas de Torrejón de Ardoz, Cuatro Vientos
y Getafe, vigente en la actualidad.
Asimismo, se incluye un nuevo archivo GML (Geographic Markup Language2)
con las geometrías de los edificios en el sistema de referencia oficial vigente, que
incorpora los cambios realizados en las fichas de los edificios afectados.
Los archivos GML permiten delimitar las fincas marcando su superficie y sus límites e incorpora representación gráfica de los edificios que se asientan en ellas.
Los edificios adscritos al Ministerio de Defensa se incorporan al catálogo con un nivel 3 de protección.
VI. Con fecha 27 de febrero de 2024 el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión
ordinaria acordó por unanimidad aprobar los cambios incorporados al expediente de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana para la ampliación del Catálogo
de Edificios Protegidos, en relación con la “Escuela Logística del Ejército de Tierra. Edificios Alojamientos” y la “Escuela Logística del Ejército de Tierra. Edificio Docente”
(Acuartelamiento San Cristóbal de Villaverde y Edificio de Alojamientos y Edificio Do-
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BOCM-20240726-19
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
del Catálogo de Edificios Protegidos en Madrid”, han de respetar en todo momento y lugar las competencias previstas tanto en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de
noviembre, de la Defensa Nacional, respecto de los cometidos que sean necesarios para el cumplimiento de las misiones que se asignan a las Fuerzas Armadas,
como en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para
la Defensa Nacional. A tal fin, el Gobierno de la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Defensa colaborarán recíprocamente para la eficaz gestión y protección de los bienes y derechos afectados a la Defensa Nacional e integrados en los
edificios y entornos de protección objeto de catalogación para que no exista merma alguna de los referidos altos fines de la Defensa Nacional. Por ello, toda actuación o limitación, de la índole que sea, sobre bienes inmuebles adscritos a la Defensa Nacional en la Ciudad de Madrid, deberá contar con la previa anuencia
expresa y por escrito del Ministerio de Defensa, y podrán ser denegadas motivadamente si suponen un impacto negativo en los intereses de dicho Departamento
Ministerial. A estos mismos efectos, el Ministerio de Defensa podrá llevar a cabo
las obras y actuaciones que considere precisas en estos inmuebles demaniales que
tiene adscritos para el cumplimiento de sus fines».
2) Incluir un documento complementario al anexo publicado en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 259 de 31 de octubre de 2023, denominado “Anexo complementario de condiciones ambientales y determinaciones de informes sectoriales para el desarrollo de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 para la ampliación del Catálogo de Espacios Protegidos”,
con el siguiente contenido:
En cumplimiento del informe de 12 de enero de 2024, del General Auditor Subdirector General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, se incorpora la siguiente
condición vinculante para su desarrollo:
«Servidumbres aeronáuticas: La modificación del Plan General de Ordenación
Urbanística de Madrid 97, (Ampliación de catálogo de edificios protegidos de
Madrid), se encuentra afectada en su totalidad por las Zonas de Servidumbres Aeronáuticas correspondientes a la Bases Aéreas de Torrejón de Ardoz, Cuatro Vientos y Getafe, establecidas respectivamente por los Reales Decretos: 120/2019, de
1 de marzo, 1420/1992, de 20 de noviembre, y 330/2011, de 4 de marzo, Servidumbres Aeronáuticas cuyos planos se hacen constar en el presente instrumento,
entre sus planos normativos, significándose respecto al planeamiento urbanístico,
que al encontrarse la totalidad del ámbito de estudio incluido en las zonas y espacios afectados por servidumbres aeronáuticas de las citadas bases aéreas, la ejecución de cualquier construcción, instalación (postes, antenas, aerogeneradores (incluidas las palas), medios necesarios para la construcción (incluidas las grúas de
construcción y similares) o plantación, requerirá informe favorable por parte del
Ministerio de Defensa (DIGENIN), circunstancia que debe recogerse en los documentos de planeamiento urbanístico que dimanen de la presente modificación.
A estos efectos se incorporan como documentación del expediente los planos que
recogen dichas servidumbres a fecha de febrero de 2024».
3) Incluir en la documentación gráfica de la Modificación Puntual el plano de las servidumbres aeronáuticas de las bases aéreas de Torrejón de Ardoz, Cuatro Vientos
y Getafe, vigente en la actualidad.
Asimismo, se incluye un nuevo archivo GML (Geographic Markup Language2)
con las geometrías de los edificios en el sistema de referencia oficial vigente, que
incorpora los cambios realizados en las fichas de los edificios afectados.
Los archivos GML permiten delimitar las fincas marcando su superficie y sus límites e incorpora representación gráfica de los edificios que se asientan en ellas.
Los edificios adscritos al Ministerio de Defensa se incorporan al catálogo con un nivel 3 de protección.
VI. Con fecha 27 de febrero de 2024 el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión
ordinaria acordó por unanimidad aprobar los cambios incorporados al expediente de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana para la ampliación del Catálogo
de Edificios Protegidos, en relación con la “Escuela Logística del Ejército de Tierra. Edificios Alojamientos” y la “Escuela Logística del Ejército de Tierra. Edificio Docente”
(Acuartelamiento San Cristóbal de Villaverde y Edificio de Alojamientos y Edificio Do-
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