C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240726-16)
Concesión subvenciones – Acuerdo de 17 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban ayudas de reequilibrio territorial y se autoriza la concesión directa de una subvención al amparo del artículo 4.5 apartado c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y un gasto de 4.500.000 euros para su ejecución
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BOCM
Pág. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 177
criterio, que toma en consideración a aquellos municipios de menos de 5.000 habitantes que
hayan sido receptores de habitantes de otros municipios para la realización de actividades
educativas, artísticas y/o deportivas, de conformidad con las solicitudes obtenidas en la línea de subvención destinada a facilitar el acceso a programas y actividades educativas, artísticas y/o deportivas para la población residente en municipios de la Comunidad de
Madrid de menos de 5.000 habitantes.
Por ello, se distribuirá un importe total de 3.000.000 de euros entre todos los municipios que cumplan con el requisito de población, en función de los criterios descritos.
En segundo lugar, la línea de lucha contra la despoblación, que se concentra en zonas
concretas, que necesitan un apoyo económico adicional con el objetivo de revertir la situación actual, con la finalidad de fomentar el arraigo de la población en los municipios más
despoblados de la región. Por ello, se destinará un importe de 1.500.000 euros entre todos
los municipios de población inferior a 2.500 habitantes, para reforzar la cooperación económica en aquellas zonas que estén experimentando un mayor riesgo de desaparición a medio o largo plazo, siendo sus consecuencias negativas para la economía y las perspectivas.
Se prestará especial atención a zonas con una densidad de población inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado y a aquellos municipios cuyo descenso medio de población
haya sido de al menos un 1% en diez años, criterios que la Unión Europea considera de riesgo demográfico.
Vista la Orden de 7 de marzo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025, que contempla la tramitación en el período 2024 y 2025 del Plan de Reequilibrio Territorial y Lucha
contra la Despoblación dirigido a los municipios en los que concurren estas circunstancias
de vulnerabilidad y despoblación.
Visto el informe del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local justificativo de la concurrencia de razones excepcionales de interés público, social y económico, que aconsejan y motivan la utilización del procedimiento de concesión directa de estas
ayudas, emitido en atención a lo dispuesto en el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto el artículo 4.5.c) 2.o, de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 69.1.c) de la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid en
relación con lo dispuesto en el artículo 46 de Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 17 de julio de 2024,
ACUERDA
Primero
Aprobar el Plan 2024 de Reequilibrio Territorial y Lucha contra la Despoblación, de apoyo económico a municipios de menos de 20.000 habitantes por importe de 4.500.000 euros,
que se inserta a continuación.
Autorizar el otorgamiento de las ayudas de concesión directa a los municipios que figuran en el Anexo I (I.A, I.B y I.C), por los importes que figuran en el mismo, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 4.5.c) 2.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones
de la Comunidad de Madrid, en las condiciones y según el procedimiento previsto en el
Plan 2024 de Reequilibrio Territorial y Lucha contra la Despoblación.
Tercero
Autorizar un gasto por importe de 4.500.000 de euros, con cargo a la posición presupuestaria 46309, del programa 942O Reequilibrio Territorial, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2024, para la financiación de estas ayudas.
BOCM-20240726-16
Segundo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 177
criterio, que toma en consideración a aquellos municipios de menos de 5.000 habitantes que
hayan sido receptores de habitantes de otros municipios para la realización de actividades
educativas, artísticas y/o deportivas, de conformidad con las solicitudes obtenidas en la línea de subvención destinada a facilitar el acceso a programas y actividades educativas, artísticas y/o deportivas para la población residente en municipios de la Comunidad de
Madrid de menos de 5.000 habitantes.
Por ello, se distribuirá un importe total de 3.000.000 de euros entre todos los municipios que cumplan con el requisito de población, en función de los criterios descritos.
En segundo lugar, la línea de lucha contra la despoblación, que se concentra en zonas
concretas, que necesitan un apoyo económico adicional con el objetivo de revertir la situación actual, con la finalidad de fomentar el arraigo de la población en los municipios más
despoblados de la región. Por ello, se destinará un importe de 1.500.000 euros entre todos
los municipios de población inferior a 2.500 habitantes, para reforzar la cooperación económica en aquellas zonas que estén experimentando un mayor riesgo de desaparición a medio o largo plazo, siendo sus consecuencias negativas para la economía y las perspectivas.
Se prestará especial atención a zonas con una densidad de población inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado y a aquellos municipios cuyo descenso medio de población
haya sido de al menos un 1% en diez años, criterios que la Unión Europea considera de riesgo demográfico.
Vista la Orden de 7 de marzo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025, que contempla la tramitación en el período 2024 y 2025 del Plan de Reequilibrio Territorial y Lucha
contra la Despoblación dirigido a los municipios en los que concurren estas circunstancias
de vulnerabilidad y despoblación.
Visto el informe del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local justificativo de la concurrencia de razones excepcionales de interés público, social y económico, que aconsejan y motivan la utilización del procedimiento de concesión directa de estas
ayudas, emitido en atención a lo dispuesto en el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto el artículo 4.5.c) 2.o, de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 69.1.c) de la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid en
relación con lo dispuesto en el artículo 46 de Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 17 de julio de 2024,
ACUERDA
Primero
Aprobar el Plan 2024 de Reequilibrio Territorial y Lucha contra la Despoblación, de apoyo económico a municipios de menos de 20.000 habitantes por importe de 4.500.000 euros,
que se inserta a continuación.
Autorizar el otorgamiento de las ayudas de concesión directa a los municipios que figuran en el Anexo I (I.A, I.B y I.C), por los importes que figuran en el mismo, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 4.5.c) 2.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones
de la Comunidad de Madrid, en las condiciones y según el procedimiento previsto en el
Plan 2024 de Reequilibrio Territorial y Lucha contra la Despoblación.
Tercero
Autorizar un gasto por importe de 4.500.000 de euros, con cargo a la posición presupuestaria 46309, del programa 942O Reequilibrio Territorial, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2024, para la financiación de estas ayudas.
BOCM-20240726-16
Segundo