B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240726-9)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se anuncian las fechas de exposición de la lista de seleccionados en el procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso-oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución del 19 de diciembre de 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 29
nal y nombramiento como funcionario en prácticas en función de la puntuación y orden obtenido en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024 por
ser éste el criterio a seguir en la adjudicación de destinos. En este caso, renunciarán a todos
los derechos que pudiera corresponderles por su participación en el procedimiento selectivo
convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 (estabilización).
No obstante lo anterior, si desearan optar por el ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el
procedimiento selectivo convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 (estabilización), deberán comunicarlo en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la publicación
de la lista de seleccionados, presentando el formulario de solicitud genérica que puede encontrar en el portal de la comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/prestacionsocial/formulario-solicitud-generica , e indicando en el Asunto: “opción por procedimiento
estabilización”, en Destinatario: “Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial” y en Consejería: “Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades”.
En este caso, renunciarán a todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en el procedimiento convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024.
Cuarto
Aspirantes que superan la fase de oposición y concurso para el ingreso
en el Cuerpo de Maestros, por ésta y por otra u otras Administraciones Educativas
Los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por ésta y otra u otras Administraciones Educativas, en el plazo de cinco
días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, deberán optar
por el ingreso en una de ellas, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos
Humanos renunciando a todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento
como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.
Para ello, podrán presentar el formulario de solicitud genérica referido en el apartado
tercero de esta Resolución.
Quinto
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de las listas de aspirantes que han resultado seleccionados, éstos deberán remitir a la Dirección General de Recursos Humanos, de forma electrónica, la documentación a la que se alude en la base undécima de dicha Resolución, exceptuando los documentos que el aspirante
haya aportado junto con la solicitud para ser admitido al concurso-oposición, o dio el consentimiento para su tratamiento por la Administración.
En aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su
servicio y de los participantes en procesos selectivos, la presentación de esta documentación, se realizará exclusivamente de forma telemática, en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, al que se podrá acceder a través del portal de la Comunidad de Madrid
( https://sede.comunidad.madrid/registro-electronico-general-comunidad-madrid ).
5.1. Efectos de la no presentación de la documentación o de la carencia de requisitos.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base tercera de la Resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
A los seleccionados en el procedimiento selectivo, la Administración les podrá requerir que aporten los originales de cuanta documentación hayan presentado para acreditar tanto los requisitos como los méritos exigidos o baremados, con la finalidad de cotejar dichos
originales con la documentación presentada. En el caso de que, como consecuencia de esta
comprobación, se desprenda que no posee alguno de ellos, supondrá la exclusión del aspi-
BOCM-20240726-9
Presentación de documentos por los aspirantes que han superado
las fases de oposición y concurso en el procedimiento selectivo convocado
por Resolución de 19 de diciembre de 2022
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 29
nal y nombramiento como funcionario en prácticas en función de la puntuación y orden obtenido en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024 por
ser éste el criterio a seguir en la adjudicación de destinos. En este caso, renunciarán a todos
los derechos que pudiera corresponderles por su participación en el procedimiento selectivo
convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 (estabilización).
No obstante lo anterior, si desearan optar por el ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el
procedimiento selectivo convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 (estabilización), deberán comunicarlo en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la publicación
de la lista de seleccionados, presentando el formulario de solicitud genérica que puede encontrar en el portal de la comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/prestacionsocial/formulario-solicitud-generica , e indicando en el Asunto: “opción por procedimiento
estabilización”, en Destinatario: “Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial” y en Consejería: “Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades”.
En este caso, renunciarán a todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en el procedimiento convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024.
Cuarto
Aspirantes que superan la fase de oposición y concurso para el ingreso
en el Cuerpo de Maestros, por ésta y por otra u otras Administraciones Educativas
Los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por ésta y otra u otras Administraciones Educativas, en el plazo de cinco
días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, deberán optar
por el ingreso en una de ellas, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos
Humanos renunciando a todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento
como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.
Para ello, podrán presentar el formulario de solicitud genérica referido en el apartado
tercero de esta Resolución.
Quinto
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de las listas de aspirantes que han resultado seleccionados, éstos deberán remitir a la Dirección General de Recursos Humanos, de forma electrónica, la documentación a la que se alude en la base undécima de dicha Resolución, exceptuando los documentos que el aspirante
haya aportado junto con la solicitud para ser admitido al concurso-oposición, o dio el consentimiento para su tratamiento por la Administración.
En aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su
servicio y de los participantes en procesos selectivos, la presentación de esta documentación, se realizará exclusivamente de forma telemática, en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, al que se podrá acceder a través del portal de la Comunidad de Madrid
( https://sede.comunidad.madrid/registro-electronico-general-comunidad-madrid ).
5.1. Efectos de la no presentación de la documentación o de la carencia de requisitos.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base tercera de la Resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
A los seleccionados en el procedimiento selectivo, la Administración les podrá requerir que aporten los originales de cuanta documentación hayan presentado para acreditar tanto los requisitos como los méritos exigidos o baremados, con la finalidad de cotejar dichos
originales con la documentación presentada. En el caso de que, como consecuencia de esta
comprobación, se desprenda que no posee alguno de ellos, supondrá la exclusión del aspi-
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Presentación de documentos por los aspirantes que han superado
las fases de oposición y concurso en el procedimiento selectivo convocado
por Resolución de 19 de diciembre de 2022