C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231226-13)
Bases ayudas –  Orden 1836/2023, de 14 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el programa agroambiental 2024-2028
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B.O.C.M. Núm. 306

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 1836/2023, de 14 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves
esteparias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la
convocatoria para el programa agroambiental 2024-2028.

El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común
(planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que
se derogan los Reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013, incluye entre sus prioridades la de impulsar un sector agrícola moderno, competitivo y diversificado que aproveche
los beneficios de una producción de alta calidad y un uso eficiente de los recursos, y que
garantice la seguridad alimentaria a largo plazo como parte de un sector agroalimentario
competitivo y productivo, al tiempo que salvaguarda el modelo agrícola familiar y contribuye a la mitigación del cambio climático y a la necesidad de mejorar la sostenibilidad de
las explotaciones y su contribución a la biodiversidad.
El FEADER, junto con el FEAGA, intervienen en los Estados miembros a través del
Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) en el que cada Estado indica las
intervenciones o medidas con las que quiere alcanzar los objetivos de la PAC y la ambición
del Pacto Verde Europeo.
La primera versión del PEPAC (v.1.2) fue aprobada mediante la Decisión de Ejecución
de la Comisión C (2022) 6017, de 31 de agosto de 2022, por la que se aprueba el plan estratégico de la PAC 2023-2027 de España para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo
Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural. La versión
vigente del PEPAC (v.2.1) ha sido aprobada mediante Decisión de Ejecución de la Comisión
C (2023) 5746, de 30 de agosto de 2023, por la que se aprueba la modificación del plan estratégico de la PAC 2023-2027 de España para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo
Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.
El PEPAC para España consta de una parte común a nivel nacional y unos anejos territoriales que se corresponden con cada comunidad autónoma, las cuales son las responsables directas de la aplicación de la PAC en su territorio y del diseño específico de las intervenciones de carácter territorial.
Por todo ello, con estos fines, el PEPAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027 (en adelante PEPAC-CM) establece ayudas económicas para el fomento de la agricultura compatible
con la conservación de las aves esteparias, con la siguiente actuación: Intervención 6501.5.
“Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna”.
Cabe señalar que la intervención desarrollada por esta Orden contribuirá al cumplimiento del siguiente objetivo específico 6 (OE6), indicado en el artículo 6 del Reglamento
(UE) 2021/2115, el cual está dirigido a contribuir a detener y revertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios relacionados con los ecosistemas y conservar los hábitats
y los paisajes.
De conformidad con los artículos 27.7 y 27.9 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, le corresponde a la
Comunidad de Madrid el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en
materia de protección del medio ambiente y de los ecosistemas.
La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior tiene competencias en la materia, según determinan el artículo 8 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta
de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el artículo 1 del Decreto 235/2023, de 6 de septiem-

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