C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231107-18)
Convocatoria premios –  Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Directora General de Comercio, Consumo y Servicios, por la que se convoca la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2023-2024 “Consumópolis 19: Súmate a la energía responsable”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2023

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plazo de las veinticuatro horas siguientes a la valoración del Jurado, dejándose constancia
escrita del resultado.
3. Los trabajos ganadores de cada nivel optarán a los premios de la fase nacional del
concurso que organiza la Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo, compitiendo con los ganadores de las Comunidades y Ciudades Autónomas participantes.

Décimo
Criterios de valoración
1. La puntuación final obtenida por cada equipo en las pruebas incluidas en el juego
interactivo “Consumópolis 19” quedará fijada automáticamente por el propio sistema, con
base en los criterios de conocimientos y habilidades detallados en las Instrucciones generales de participación.
2. La valoración en la fase autonómica de los trabajos en equipo, se realizará atendiendo a los criterios recogidos en el artículo 5.3 b) de la Orden CSM/1008/2021, de 20 de
septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios del concurso escolar “Consumópolis”, y así, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:
a) Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: hasta 40 puntos.
b) Creatividad, originalidad: hasta 20 puntos.
c) Presentación del trabajo: hasta 20 puntos.
d) Calidad técnica: hasta 15 puntos.
e) Calidad lingüística: hasta 5 puntos.
3. Para la valoración de los equipos que optan a los premios autonómicos de la Comunidad de Madrid, el trabajo en equipo y el juego interactivo por la ciudad de “Consumópolis” ponderarán al 50 por 100.

BOCM-20231107-18

Noveno
Composición del Jurado
1. El Jurado de la fase autonómica en la Comunidad de Madrid del concurso escolar
“Consumópolis 19” tendrá la siguiente composición:
a) Presidente: El titular de la subdirección general con competencia en materia de
formación en consumo o persona a quien designe.
b) Vocales:
i. Un empleado público de la dirección general con competencia en materia de
consumo, designado por su titular.
ii. Un empleado público de la dirección general con competencia en materia de
educación primaria o secundaria o formación profesional básica de la consejería competente, designado por su titular.
iii. Un representante de la Secretaría General Técnica de la consejería competente en materia de consumo, designado por su titular.
iv. Un representante de una organización de consumidores miembro del Consejo
de Consumo de la Comunidad de Madrid, designado por el titular de la dirección general competente en materia de protección al consumidor a propuesta
del Consejo de Consumo.
c) Secretario: Un empleado público de la Dirección general con competencias en
materia de consumo designado por su titular, con voz, pero sin voto.
2. El funcionamiento del Jurado se regirá por los principios recogidos en la sección 3.a,
del Capítulo II, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá facultades para resolver las dudas y controversias que puedan surgir sobre la interpretación de esta convocatoria.
3. Para los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal o justificada de los miembros del Jurado regirán las siguientes normas:
a) El presidente será sustituido por el titular de una subdirección general con competencias en materia de consumo designado como suplente por el titular de la dirección general con competencias en materia de consumo.
b) Los vocales del Jurado serán sustituidos por sus suplentes, si se hubieran designado.
c) El secretario será sustituido por quien haya sido designado como suplente por el titular de la dirección general con competencias en materia de consumo.