B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231102-9)
Concurso de traslados –  Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 261

el Servicio de Gestión del Profesorado de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación
Profesional, Artísticas e Idiomas II, para los del resto de cuerpos.
Séptima
Lista provisional de admitidos, excluidos y baremo provisional. Plazo de alegaciones
Una vez recibidas las actas de las Comisiones de valoración, mediante resolución de
la Dirección General de Recursos Humanos, se publicará la lista provisional de admitidos
y excluidos junto con el baremo provisional con las puntuaciones obtenidas, abriéndose un
plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente de su publicación, para presentar alegaciones, a efectos de subsanar los errores en que se hubiera podido incurrir en la valoración de los méritos, así como su eventual exclusión.
En los listados se indicará, al menos, la convocatoria, la modalidad de participación,
la puntuación provisional de cada uno de los participantes admitidos, así como la relación
provisional de participantes excluidos al concurso y la relación de excluidos al ejercicio del
derecho preferente, con indicación en ambos casos de las causas de exclusión.
Los citados listados se publicarán en el portal de la Comunidad de Madrid ( comunidad.madrid ), para el Cuerpo de Maestros en: https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/concurso-traslados-maestros-23-24 , y para los Cuerpos de Profesores y Catedráticos en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/concurso-traslados-secundaria-23-24 .
También se podrá acceder, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos a través del portal “personal +educación”
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), siguiendo
la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Concursos y cese voluntario”, “Concurso de traslados de Maestros” o “Concurso de traslados de Profesores y Catedráticos”, según proceda.
Las alegaciones se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, en la aplicación a la que se accede siguiendo la ruta descrita en el apartado 5.1, junto con el documento guía de alegaciones, al que se puede acceder en la misma ruta indicada.
Si la causa de exclusión en el concurso estuviera motivada por haberse presentado la
solicitud fuera del plazo establecido, el interesado, junto con el escrito de alegaciones deberá adjuntar en su caso la documentación acreditativa de la presentación, en tiempo y forma, de participación.
Octava
8.1. Publicación de vacantes provisionales.
Previamente a la resolución de adjudicación provisional de destinos, la Dirección General de Recursos Humanos ordenará la publicación de la resolución estableciendo las vacantes provisionales por centros que corresponda proveer en el curso 2024/25.
La citada resolución se publicará en el portal de la Comunidad de Madrid, para el
Cuerpo de Maestros en: https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/concurso-trasladosmaestros-23-24 , y para los Cuerpos de Profesores y Catedráticos en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/concurso-traslados-secundaria-23-24 .
También se podrá acceder con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos a través del portal “personal +educación”
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), siguiendo
la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Concursos y cese voluntario”, “Concurso de traslados de Maestros” o “Concurso de traslados de Profesores y Catedráticos”, según proceda.
8.2. Orden de adjudicación de vacantes.
8.2.1. Una vez publicada la anterior resolución, se procederá a la adjudicación provisional de las vacantes ofertadas en este concurso, de acuerdo con el siguiente orden:
1. Las peticiones correspondientes al derecho preferente a centro, en el orden de prelación en que los supuestos se relacionan en el apartado 4.1 de la base cuarta y dentro de
cada supuesto el orden de prioridad vendrá dado por la mayor puntuación individual obtenida mediante la aplicación del baremo que figura como anexo 2 de esta resolución.
2. Las correspondientes al derecho preferente a localidad o distrito en el orden de
prelación en que los supuestos se relacionan en el apartado 4.2 de la base cuarta y dentro
de cada supuesto, el orden de prioridad vendrá dado por la mayor puntuación individual obtenida mediante la aplicación del citado baremo. En caso de que en la localidad o distrito

BOCM-20231102-9

Adjudicación provisional de vacantes. Plazo de alegaciones y renuncias