D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230721-12)
Convenio – Convenio de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (USMR-CC. OO.) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
f)
Formación Preventiva: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 6. Relación de Actividades Formativas), establecido en el procedimiento del IRSST.
g) Acciones de divulgación y difusión y elaboración de material utilizado en dichas
actuaciones, la entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma trimestral, conforme al modelo SEN- 6 (Apartado 7. Relación de actuaciones de divulgación y difusión y Apartado 8. Relación de material utilizado en las actuaciones
de divulgación y difusión) establecido en el procedimiento del IRSST.
h) Material tecnológico e informático: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha
acción de forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 9. Relación de
material tecnológico e informático), establecido en el procedimiento del IRSST.
En las actuaciones relacionadas con redes sociales la beneficiaria informará a los
quince días de su publicación sobre el impacto de las acciones realizadas (visualizaciones, accesos, likes, descargas o cualquier otro parámetro aplicable relevante).
Los datos de la relación serán comunicados igualmente en formato Excel para facilitar las gestiones y comprobaciones.
En toda la documentación, tanto previa como posterior a la realización de la acción, que
se entregue al técnico de seguimiento designado, deberá constar la identificación y firma de
un miembro del beneficiario en calidad de responsable de la organización de la acción.
12.2. Otra documentación a entregar durante la fase de seguimiento.
12.2.1. Contratos de los técnicos de prevención: a fin de que las actuaciones de los
técnicos que sean contratados no tengan problemas posteriormente, la entidad beneficiaria
remitirá titulación y contrato de los mismos en el momento que desee del proceso de contratación, en todo caso antes de que empiecen a realizar actuaciones relacionadas con el
convenio, para ser verificados por el IRSST, a fin de conseguir la mayor eficacia posible en
el proceso de seguimiento y justificación.
12.2.2. Triple presupuesto y memoria: en las ocasiones en las que la beneficiaria necesite pedir tres presupuestos para ejecutar alguna parte del convenio se recomienda la remisión de los mismos sin esperar a la fase de justificación, junto con la oportuna memoria
explicativa si se selecciona alguno que no sea el más económico, al IRSST para efectuar las
oportunas comprobaciones, a fin de conseguir la mayor eficacia posible en el proceso de seguimiento y justificación.
Aquellos de los presupuestos que no sean entregados en fase de seguimiento, serán entregados, en todo caso, en la fase de justificación.
Decimotercera
La elaboración de materiales que conlleven difusión pública a través de cualquier medio y en cualquier formato, incluido el material gráfico y promocional, se realizará siguiendo las indicaciones del “Manual de estilo para acciones definidas en convenios con el
IRSST”, siendo preceptivo el uso de los logotipos y elementos de identidad corporativa en
el mismo señalados en la forma que se indiquen. Los logotipos y demás elementos de identidad corporativa de la entidad beneficiaria aparecerán única y exclusivamente en la forma
en que dicho manual establezca. La adecuación de cualquier tipo de material elaborado conforme al citado manual será valorada y aprobada por el IRSST de manera previa a su difusión final. A estos efectos, el IRSST se compromete a poner a disposición de la entidad beneficiaria dicho manual debidamente actualizado.
La responsabilidad sobre los contenidos, valoraciones e interpretaciones incluidos en
el material elaborado al amparo del presente convenio corresponde a la entidad autora de
los mismos. En todo el material que se edite en la ejecución del presente convenio, deberá
de figurar la siguiente leyenda: “El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
colabora en la elaboración de este material en el marco del VI Plan Director de Prevención
de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024 y no se hace responsable de
los contenidos del mismo ni de las valoraciones e interpretaciones de sus autores. El material elaborado recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión”.
BOCM-20230721-12
Imagen institucional de la Comunidad de Madrid
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f)
Formación Preventiva: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 6. Relación de Actividades Formativas), establecido en el procedimiento del IRSST.
g) Acciones de divulgación y difusión y elaboración de material utilizado en dichas
actuaciones, la entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma trimestral, conforme al modelo SEN- 6 (Apartado 7. Relación de actuaciones de divulgación y difusión y Apartado 8. Relación de material utilizado en las actuaciones
de divulgación y difusión) establecido en el procedimiento del IRSST.
h) Material tecnológico e informático: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha
acción de forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 9. Relación de
material tecnológico e informático), establecido en el procedimiento del IRSST.
En las actuaciones relacionadas con redes sociales la beneficiaria informará a los
quince días de su publicación sobre el impacto de las acciones realizadas (visualizaciones, accesos, likes, descargas o cualquier otro parámetro aplicable relevante).
Los datos de la relación serán comunicados igualmente en formato Excel para facilitar las gestiones y comprobaciones.
En toda la documentación, tanto previa como posterior a la realización de la acción, que
se entregue al técnico de seguimiento designado, deberá constar la identificación y firma de
un miembro del beneficiario en calidad de responsable de la organización de la acción.
12.2. Otra documentación a entregar durante la fase de seguimiento.
12.2.1. Contratos de los técnicos de prevención: a fin de que las actuaciones de los
técnicos que sean contratados no tengan problemas posteriormente, la entidad beneficiaria
remitirá titulación y contrato de los mismos en el momento que desee del proceso de contratación, en todo caso antes de que empiecen a realizar actuaciones relacionadas con el
convenio, para ser verificados por el IRSST, a fin de conseguir la mayor eficacia posible en
el proceso de seguimiento y justificación.
12.2.2. Triple presupuesto y memoria: en las ocasiones en las que la beneficiaria necesite pedir tres presupuestos para ejecutar alguna parte del convenio se recomienda la remisión de los mismos sin esperar a la fase de justificación, junto con la oportuna memoria
explicativa si se selecciona alguno que no sea el más económico, al IRSST para efectuar las
oportunas comprobaciones, a fin de conseguir la mayor eficacia posible en el proceso de seguimiento y justificación.
Aquellos de los presupuestos que no sean entregados en fase de seguimiento, serán entregados, en todo caso, en la fase de justificación.
Decimotercera
La elaboración de materiales que conlleven difusión pública a través de cualquier medio y en cualquier formato, incluido el material gráfico y promocional, se realizará siguiendo las indicaciones del “Manual de estilo para acciones definidas en convenios con el
IRSST”, siendo preceptivo el uso de los logotipos y elementos de identidad corporativa en
el mismo señalados en la forma que se indiquen. Los logotipos y demás elementos de identidad corporativa de la entidad beneficiaria aparecerán única y exclusivamente en la forma
en que dicho manual establezca. La adecuación de cualquier tipo de material elaborado conforme al citado manual será valorada y aprobada por el IRSST de manera previa a su difusión final. A estos efectos, el IRSST se compromete a poner a disposición de la entidad beneficiaria dicho manual debidamente actualizado.
La responsabilidad sobre los contenidos, valoraciones e interpretaciones incluidos en
el material elaborado al amparo del presente convenio corresponde a la entidad autora de
los mismos. En todo el material que se edite en la ejecución del presente convenio, deberá
de figurar la siguiente leyenda: “El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
colabora en la elaboración de este material en el marco del VI Plan Director de Prevención
de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024 y no se hace responsable de
los contenidos del mismo ni de las valoraciones e interpretaciones de sus autores. El material elaborado recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión”.
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