D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230701-10)
Convenio – Convenio de 16 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI Comunidad de Madrid) por importe de 915.000 euros para desarrollar actuaciones y actividades de colaboración en la atención a personas con discapacidad durante el año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 155
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JULIO DE 2023
e) Declaración responsable de puesta a disposición de documentos originales suscrita por la persona representante legal de la entidad ejecutante beneficiaria, el que
conste que esta asume como propios todos los documentos presentados y que los
originales quedan depositados en la sede de la entidad, a disposición de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para cualquier inspección.
2. Justificación de gastos corrientes.
Los gastos corrientes se justificarán con la presentación de las facturas o documentos
justificativos del gasto corriente imputados a cada uno de los proyectos subvencionados.
Las facturas deben adecuarse a lo previsto en la normativa fiscal vigente en cada momento y serán expedidas a nombre de las entidades ejecutantes de los proyectos.
Para justificar gastos derivados de contratos de seguros, deberá aportarse copia del
contrato formalizado con la compañía aseguradora.
Los gastos derivados del arrendamiento del inmueble donde se desarrolla la actividad
subvencionada se justificarán con la presentación del contrato de arrendamiento.
Para acreditar el pago de los gastos corrientes se emitirá declaración responsable de la
persona representante legal de cada una de las entidades ejecutantes beneficiarias del proyecto, en la que haga constar que todos los pagos se han realizado en tiempo y forma.
3. Justificación de gastos de personal.
Los gastos del personal contratado por la entidad se justificarán con la presentación de
las nóminas de las/los trabajadores/as que participen directamente en cada uno de los proyectos subvencionados, el Modelo 190 del ejercicio subvencionado, así como la Relación
Nominal de Trabajadores (RNT) y el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC), identificándose de manera clara en la RNT los trabajadores cuyas nóminas se imputan a la subvención.
Estos documentos deben ir acompañados de la declaración responsable del representante legal de cada una de las entidades ejecutantes beneficiarias del proyecto, en la que se
hagan constar los siguientes aspectos:
— Que se han realizado los pagos de las nóminas relacionadas en el párrafo anterior
y los pagos correspondientes a los seguros sociales del personal imputado a la subvención.
— Que la entidad los asume como propios y que los originales quedan depositados en
la sede de la entidad, a disposición de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para
cualquier inspección.
Los gastos de trabajadores/as con contrato de prestación de servicios, se justificarán
con la siguiente documentación:
— Contrato de prestación de servicios.
— Recibo o factura del profesional de la cantidad devengada por la colaboración, fechado y firmado por el/la perceptor/a, en el que deberá figurar su nombre y apellidos, el concepto, el NIF, número de colegiado (siempre que la misma sea obligatoria), y categoría del profesional y los descuentos correspondientes; deberá cumplir,
asimismo, el resto de los requisitos que señale la normativa legal y fiscal vigente.
— Impresos 111 y 190 de I.R.P.F., correspondiente a los honorarios devengados por
el/la profesional que presta los servicios, para que pueda ser imputado el importe
bruto de los mismos.
— Estos documentos deben ir acompañados de la declaración responsable del representante legal de cada una de las entidades ejecutantes beneficiarias del proyecto,
en la que se hagan constar que se ha realizado el pago de la factura del contrato de
prestación de servicios.
A criterio de la Subdirección General de Valoración de la Discapacidad y Atención
Temprana, se podrá requerir a la entidad ejecutante la presentación de estados contables
para una mejor comprobación de la aplicación del importe concedido a la actividad objeto
de la subvención.
Pág. 43
BOCM-20230701-10
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JULIO DE 2023
e) Declaración responsable de puesta a disposición de documentos originales suscrita por la persona representante legal de la entidad ejecutante beneficiaria, el que
conste que esta asume como propios todos los documentos presentados y que los
originales quedan depositados en la sede de la entidad, a disposición de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para cualquier inspección.
2. Justificación de gastos corrientes.
Los gastos corrientes se justificarán con la presentación de las facturas o documentos
justificativos del gasto corriente imputados a cada uno de los proyectos subvencionados.
Las facturas deben adecuarse a lo previsto en la normativa fiscal vigente en cada momento y serán expedidas a nombre de las entidades ejecutantes de los proyectos.
Para justificar gastos derivados de contratos de seguros, deberá aportarse copia del
contrato formalizado con la compañía aseguradora.
Los gastos derivados del arrendamiento del inmueble donde se desarrolla la actividad
subvencionada se justificarán con la presentación del contrato de arrendamiento.
Para acreditar el pago de los gastos corrientes se emitirá declaración responsable de la
persona representante legal de cada una de las entidades ejecutantes beneficiarias del proyecto, en la que haga constar que todos los pagos se han realizado en tiempo y forma.
3. Justificación de gastos de personal.
Los gastos del personal contratado por la entidad se justificarán con la presentación de
las nóminas de las/los trabajadores/as que participen directamente en cada uno de los proyectos subvencionados, el Modelo 190 del ejercicio subvencionado, así como la Relación
Nominal de Trabajadores (RNT) y el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC), identificándose de manera clara en la RNT los trabajadores cuyas nóminas se imputan a la subvención.
Estos documentos deben ir acompañados de la declaración responsable del representante legal de cada una de las entidades ejecutantes beneficiarias del proyecto, en la que se
hagan constar los siguientes aspectos:
— Que se han realizado los pagos de las nóminas relacionadas en el párrafo anterior
y los pagos correspondientes a los seguros sociales del personal imputado a la subvención.
— Que la entidad los asume como propios y que los originales quedan depositados en
la sede de la entidad, a disposición de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para
cualquier inspección.
Los gastos de trabajadores/as con contrato de prestación de servicios, se justificarán
con la siguiente documentación:
— Contrato de prestación de servicios.
— Recibo o factura del profesional de la cantidad devengada por la colaboración, fechado y firmado por el/la perceptor/a, en el que deberá figurar su nombre y apellidos, el concepto, el NIF, número de colegiado (siempre que la misma sea obligatoria), y categoría del profesional y los descuentos correspondientes; deberá cumplir,
asimismo, el resto de los requisitos que señale la normativa legal y fiscal vigente.
— Impresos 111 y 190 de I.R.P.F., correspondiente a los honorarios devengados por
el/la profesional que presta los servicios, para que pueda ser imputado el importe
bruto de los mismos.
— Estos documentos deben ir acompañados de la declaración responsable del representante legal de cada una de las entidades ejecutantes beneficiarias del proyecto,
en la que se hagan constar que se ha realizado el pago de la factura del contrato de
prestación de servicios.
A criterio de la Subdirección General de Valoración de la Discapacidad y Atención
Temprana, se podrá requerir a la entidad ejecutante la presentación de estados contables
para una mejor comprobación de la aplicación del importe concedido a la actividad objeto
de la subvención.
Pág. 43
BOCM-20230701-10
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