D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230701-10)
Convenio – Convenio de 16 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI Comunidad de Madrid) por importe de 915.000 euros para desarrollar actuaciones y actividades de colaboración en la atención a personas con discapacidad durante el año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 42
SÁBADO 1 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 155
Sexta
Forma de pago de la subvención
El pago de la subvención se efectuará mediante un pago único y con anticipo a cuenta del 100% de su importe, con carácter previo a la justificación y como financiación necesaria para poder llevar a cabo los propósitos y actividades inherentes a la subvención, no
exigiéndose la constitución de garantías, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1.b)
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Para la realización del pago de la subvención, canalizada a través de CERMI Comunidad de Madrid, ésta deberá presentar los siguientes documentos:
1. Declaración responsable de cada una de las entidades ejecutantes beneficiarias
donde se haga constar que no incurren en ninguna de las causas previstas en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Certificado de cada una de las entidades ejecutantes de estar al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
El certificado, de cada una de las beneficiarias, acreditativo de inexistencia de deudas
en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid o que, de existir, están debidamente garantizadas, se expedirá por la Consejería de Hacienda a petición del órgano competente para
la concesión de la subvención.
Séptima
Compatibilidad de las ayudas
Esta ayuda es compatible con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos de cualesquiera otras entidades, que se destinen a financiar las actividades subvencionadas.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
Octava
Concluidas las actividades objeto del Convenio, CERMI Comunidad de Madrid deberá presentar de manera centralizada, la documentación aportada por cada entidad ejecutante beneficiaria acreditativa de la ejecución de cada uno de los proyectos y el destino de la
subvención recibida.
La justificación de la subvención se realizará en todo caso en los términos previstos en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y conforme a lo previsto en el
presente Convenio y ajustándose a las instrucciones que a tal efecto dicte la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.
La presentación de la documentación prevista en este apartado se realizará en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid dirigido a la Subdirección General de Valoración de la Discapacidad y Atención Temprana, con fecha límite el 31 de marzo de 2024.
1. Documentación general:
a) Informe final de carácter técnico de cada proyecto, que describa las actividades
desarrolladas, el número de personas usuarias atendidas, diferenciado por género
(siempre que, por la naturaleza de la actividad subvencionada ello, sea posible),
los objetivos y resultados alcanzados, así como una evaluación global del impacto.
b) Memoria económica de cada proyecto, con el desglose presupuestario del gasto corriente y del gasto de personal imputado a la ejecución del proyecto subvencionado.
c) Declaración responsable del gasto, suscrita por la persona representante legal de la
entidad ejecutante beneficiaria, a efectos de justificar la totalidad del coste de la acción subvencionada. El documento deberá indicar el coste total del proyecto subvencionado y sus fuentes de financiación, indicando expresamente los fondos propios aportados, y la procedencia de otros ingresos, recursos, subvenciones o ayudas
públicas o privadas.
d) Declaración responsable de aplicación de fondos, suscrita por la persona representante legal de la entidad ejecutante beneficiaria, donde haga constar que el importe íntegro de los fondos recibidos se ha destinado al objeto y finalidad de la subvención.
BOCM-20230701-10
Justificación de la subvención
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 42
SÁBADO 1 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 155
Sexta
Forma de pago de la subvención
El pago de la subvención se efectuará mediante un pago único y con anticipo a cuenta del 100% de su importe, con carácter previo a la justificación y como financiación necesaria para poder llevar a cabo los propósitos y actividades inherentes a la subvención, no
exigiéndose la constitución de garantías, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1.b)
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Para la realización del pago de la subvención, canalizada a través de CERMI Comunidad de Madrid, ésta deberá presentar los siguientes documentos:
1. Declaración responsable de cada una de las entidades ejecutantes beneficiarias
donde se haga constar que no incurren en ninguna de las causas previstas en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Certificado de cada una de las entidades ejecutantes de estar al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
El certificado, de cada una de las beneficiarias, acreditativo de inexistencia de deudas
en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid o que, de existir, están debidamente garantizadas, se expedirá por la Consejería de Hacienda a petición del órgano competente para
la concesión de la subvención.
Séptima
Compatibilidad de las ayudas
Esta ayuda es compatible con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos de cualesquiera otras entidades, que se destinen a financiar las actividades subvencionadas.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
Octava
Concluidas las actividades objeto del Convenio, CERMI Comunidad de Madrid deberá presentar de manera centralizada, la documentación aportada por cada entidad ejecutante beneficiaria acreditativa de la ejecución de cada uno de los proyectos y el destino de la
subvención recibida.
La justificación de la subvención se realizará en todo caso en los términos previstos en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y conforme a lo previsto en el
presente Convenio y ajustándose a las instrucciones que a tal efecto dicte la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.
La presentación de la documentación prevista en este apartado se realizará en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid dirigido a la Subdirección General de Valoración de la Discapacidad y Atención Temprana, con fecha límite el 31 de marzo de 2024.
1. Documentación general:
a) Informe final de carácter técnico de cada proyecto, que describa las actividades
desarrolladas, el número de personas usuarias atendidas, diferenciado por género
(siempre que, por la naturaleza de la actividad subvencionada ello, sea posible),
los objetivos y resultados alcanzados, así como una evaluación global del impacto.
b) Memoria económica de cada proyecto, con el desglose presupuestario del gasto corriente y del gasto de personal imputado a la ejecución del proyecto subvencionado.
c) Declaración responsable del gasto, suscrita por la persona representante legal de la
entidad ejecutante beneficiaria, a efectos de justificar la totalidad del coste de la acción subvencionada. El documento deberá indicar el coste total del proyecto subvencionado y sus fuentes de financiación, indicando expresamente los fondos propios aportados, y la procedencia de otros ingresos, recursos, subvenciones o ayudas
públicas o privadas.
d) Declaración responsable de aplicación de fondos, suscrita por la persona representante legal de la entidad ejecutante beneficiaria, donde haga constar que el importe íntegro de los fondos recibidos se ha destinado al objeto y finalidad de la subvención.
BOCM-20230701-10
Justificación de la subvención