C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230624-6)
Convenio colectivo –  Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa ZF CV Distribution Spain, S. L. (Código número 28008582011994)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 149

como los que concurran a oposiciones para ingresar en cuerpos de funcionarios públicos, podrán
acogerse a una flexibilidad en el horario de salida de hasta un máximo de dos horas diarias,
estudiándose los casos en que no sea posible esta flexibilidad. Todo ello irá condicionado a un grado
de aprovechamiento considerado como normal dentro de los estudios que se estén realizando y que
analizará la Comisión Paritaria.
30. Complemento por enfermedad o accidente
En los supuestos de baja por Incapacidad Temporal producida por enfermedad común, accidente
sea o no laboral, maternidad, la Empresa complementará el subsidio por Incapacidad Temporal con
cargo a la Seguridad Social, hasta alcanzar el 100 por 100 de los conceptos saláriales fijos.
31. Seguro voluntario de vida o accidentes
Existe un seguro voluntario, cuyo capital para el caso de vida es de 13.000 € y para accidentes de
82.500 €, al cual pueden acogerse los trabajadores fijos afectados por este Convenio que así lo
deseen.
La cuantía a abonar por cada trabajador suscrito es de 2,10 € por 12 pagas y su importe se deducirá
directamente de la nómina.
32. Ayuda para hijos y con capacidad disminuida
Aquellos trabajadores que tengan hijos con capacidad disminuida, reconocidos como tales por el
Instituto Nacional de la Seguridad Social, percibirán una ayuda de 3.173 € anuales distribuidas en
16 mensualidades.
Independientemente de esta ayuda la Empresa abonará anualmente hasta un máximo del 25% de
los gastos médicos y escolares justificados.
Los trabajadores que perciban dicha ayuda, a petición de la Dirección, deberán acreditar que persiste
la situación de incapacidad mediante la presentación del informe médico o asimilado
correspondiente, sin cuyo requisito se perderá el derecho a percibir la mencionada ayuda.
33. Ayudas sociales
Se establecen las siguientes ayudas sociales:
- Ayuda de estudios y Guarderías: 18.000 €
- Actividades culturales y Sindicales: 10.575 €
- Préstamos:
44.415 €
Regulación:
Las ayudas serán concedidas en base a la Normativa Interna en vigor.
La utilización del fondo para Actividades Culturales y Sindicales se justificará ante la Comisión
Paritaria trimestralmente.
Con la cantidad señalada para Préstamos, se quiere indicar la cantidad máxima CIRCULANTE que
la Empresa tiene que mantener para que en el año 2.023 exista esa cuantía de préstamos (si así se
demanda). La regulación se realizará a través de la normativa interna al respecto.
34. Comedor
La Empresa abonará el importe del servicio de comedor íntegramente, en jornada de Lunes a
Jueves, cuando dicho servicio sea el Menú del Día Normal y se efectúe en los restaurantes
seleccionados (Restaurante JOVI POOL NIF B82774985 y Restaurante HOSTELERÍA MASARICOS
NIF B87435392), siempre y cuando el coste por menú no supere el máximo legal deducible y que
para el año 2023 es de 9,52 €. En caso de que se superase dicho importe, se negociaría con la
Representación Legal de los trabajadores, el posible reparto del exceso.
En caso de cierre de negocio de cualquiera de los mencionados restaurantes se procuraría buscar
otro de características similares.
Asimismo, el personal a turno percibirá, cada día que turnen (de Lunes a Jueves) el importe que se
esté pagando por cada comida en el periodo respectivo.

36. Premio por matrimonio y/o parejas de hecho
Se establece un premio de 846 € para el trabajador que contraiga matrimonio y que en un período
de 12 meses, contados desde el día de las nupcias hacia atrás, tenga una antigüedad en la
Compañía de al menos 6 meses, bien a través de un único contrato o de sucesivos contratos de
duración limitada.

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35. Premio veinticinco años de servicio
El personal que cumpla veinticinco años de antigüedad en la Empresa percibirá un premio
consistente en el importe de tres mensualidades de salario más antigüedad.
Este premio será abonado no más tarde del 31 de Julio del año que corresponda.