C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230624-3)
Convenio colectivo – Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Actren Mantenimiento Ferroviario, S. A. (Código número 28100701012015)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 50
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 149
Si el destino final es el domicilio del trabajador – esto es, del lugar de trabajo no se regresa al centro
de trabajo habitual-, se abonarán los kilómetros que excedan a los normalmente realizados entre el
centro de trabajo habitual y el domicilio del trabajador.
Para los desplazamientos que supongan comenzar la jornada laboral en un lugar de trabajo distinto
al centro de trabajo habitual, se abonará la diferencia de kilómetros que exista entre la distancia
normalmente realizada desde su domicilio a su centro de trabajo habitual y la distancia entre su
domicilio al lugar de trabajo.
Si la distancia recorrida hasta ese lugar de trabajo es inferior a la normalmente realizada hasta su
centro de trabajo habitual, no se abonará compensación alguna.
Igualmente, si el destino final desde el lugar de trabajo es el domicilio del trabajador – esto es, no se
regresa al centro de trabajo habitual-, se abonarán los kilómetros que excedan a los normalmente
realizados entre el centro de trabajo habitual y el domicilio del trabajador.
Ejemplos cálculo kilometraje:
Supuesto
Domicilio trabajador: C/ Alcalá nº 20. Madrid.
Centro de trabajo habitual (cth): Fuencarral.
Distancia entre domicilio y centro de trabajo habitual: 20 km
Ejemplo 1
Domicilio – Fuencarral (cth) - Atocha - Fuencarral (cth) - Domicilio
Se abonan los kilómetros recorridos desde Fuencarral a Atocha (18 km) y de Atocha a Fuencarral
(18 km). Total 36 km.
Ejemplo 2
Domicilio – Fuencarral (cth) – Atocha – Domicilio
Se abonan los kilómetros desde Fuencarral a Atocha (18 km) y de Atocha a su Domicilio (5 km) no
se abonan kilómetros por ser menor la distancia recorrida a la que hubiese realizado desde su trabajo
habitual Fuencarral a su Domicilio (20km). Total 18 km.
Ejemplo 3
Domicilio – Fuencarral (cth) – Humanes – Domicilio
Se abonan los kilómetros desde Fuencarral a Humanes (50 km) y de Humanes a su Domicilio (32
km) se abona la diferencia de kilómetros recorridos por estar en otro lugar de trabajo distinto al
habitual (32 km – 20 km = 12 km). Total 62km
Ejemplo 4
Domicilio – Humanes – Domicilio
Se abona la diferencia de kilómetros recorrida por estar en otro lugar de trabajo distinto al habitual.
Ida (32 km – 20 km = 12 km) + vuelta (32 km – 20 km = 12 km). Total 24 km.
Justificante realización kilómetros: El trabajador que realice el desplazamiento deberá cumplimentar
el formulario correspondiente y entregárselo a su responsable para que con su firma, dé el visto
bueno a los desplazamientos realizados.
Los originales se remitirán a la Dirección de RRHH antes del día 15 de cada mes, siendo esta la
fecha tope para el abono de los mismos en la nómina del mes en curso. Los que lleguen después
del día 15, se abonarán en la siguiente nómina.
BOCM-20230624-3
Todos los justificantes deberán estar correctamente cumplimentados, de manera que los que
contengan algún error, serán devueltos al trabajador y/o responsable para la subsanación de errores.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 50
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 149
Si el destino final es el domicilio del trabajador – esto es, del lugar de trabajo no se regresa al centro
de trabajo habitual-, se abonarán los kilómetros que excedan a los normalmente realizados entre el
centro de trabajo habitual y el domicilio del trabajador.
Para los desplazamientos que supongan comenzar la jornada laboral en un lugar de trabajo distinto
al centro de trabajo habitual, se abonará la diferencia de kilómetros que exista entre la distancia
normalmente realizada desde su domicilio a su centro de trabajo habitual y la distancia entre su
domicilio al lugar de trabajo.
Si la distancia recorrida hasta ese lugar de trabajo es inferior a la normalmente realizada hasta su
centro de trabajo habitual, no se abonará compensación alguna.
Igualmente, si el destino final desde el lugar de trabajo es el domicilio del trabajador – esto es, no se
regresa al centro de trabajo habitual-, se abonarán los kilómetros que excedan a los normalmente
realizados entre el centro de trabajo habitual y el domicilio del trabajador.
Ejemplos cálculo kilometraje:
Supuesto
Domicilio trabajador: C/ Alcalá nº 20. Madrid.
Centro de trabajo habitual (cth): Fuencarral.
Distancia entre domicilio y centro de trabajo habitual: 20 km
Ejemplo 1
Domicilio – Fuencarral (cth) - Atocha - Fuencarral (cth) - Domicilio
Se abonan los kilómetros recorridos desde Fuencarral a Atocha (18 km) y de Atocha a Fuencarral
(18 km). Total 36 km.
Ejemplo 2
Domicilio – Fuencarral (cth) – Atocha – Domicilio
Se abonan los kilómetros desde Fuencarral a Atocha (18 km) y de Atocha a su Domicilio (5 km) no
se abonan kilómetros por ser menor la distancia recorrida a la que hubiese realizado desde su trabajo
habitual Fuencarral a su Domicilio (20km). Total 18 km.
Ejemplo 3
Domicilio – Fuencarral (cth) – Humanes – Domicilio
Se abonan los kilómetros desde Fuencarral a Humanes (50 km) y de Humanes a su Domicilio (32
km) se abona la diferencia de kilómetros recorridos por estar en otro lugar de trabajo distinto al
habitual (32 km – 20 km = 12 km). Total 62km
Ejemplo 4
Domicilio – Humanes – Domicilio
Se abona la diferencia de kilómetros recorrida por estar en otro lugar de trabajo distinto al habitual.
Ida (32 km – 20 km = 12 km) + vuelta (32 km – 20 km = 12 km). Total 24 km.
Justificante realización kilómetros: El trabajador que realice el desplazamiento deberá cumplimentar
el formulario correspondiente y entregárselo a su responsable para que con su firma, dé el visto
bueno a los desplazamientos realizados.
Los originales se remitirán a la Dirección de RRHH antes del día 15 de cada mes, siendo esta la
fecha tope para el abono de los mismos en la nómina del mes en curso. Los que lleguen después
del día 15, se abonarán en la siguiente nómina.
BOCM-20230624-3
Todos los justificantes deberán estar correctamente cumplimentados, de manera que los que
contengan algún error, serán devueltos al trabajador y/o responsable para la subsanación de errores.