C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230624-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Actren Mantenimiento Ferroviario, S. A. (Código número 28100701012015)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 149

Artículo 11. Ascensos y promociones.
El sistema de promociones será el siguiente:
(A) Número de Promociones por año de vigencia del presente Convenio Colectivo:
Cada año de vigencia (2022 y 2023) promocionará el 25% del personal de Taller (Técnicos/as de
Mantenimiento, Grupo Profesional 4 y Jefes/as de Equipo, y Almaceneros/as) que no haya
promocionado en los dos años anteriores y será por antigüedad.
Para el colectivo de oficinas: Cada año de vigencia (2022 y 2023) promocionará el 25% de las
personas que no hayan promocionado en los dos años anteriores. Promocionará un 15% por
antigüedad y un 10% por evaluación del desempeño de su responsable.
Por tanto, no podrán participar en el proceso de promociones quienes en los 2 años anteriores hayan
promocionado.
Para el cálculo del cupo del 25% no computarán (esto es no restarán del número resultante al aplicar
el 25%):
(i) las promociones automáticas, considerándose así las que se producen de este modo desde 7n1
hasta 5n1 inclusive. Así como entre 6n1, n2 y n3.
(ii) las promociones salariales que se deriven de la aplicación de los acuerdos de vía.
(iii) las de libre designación realizadas por la empresa.
Los trabajadores y trabajadoras que hayan alcanzado el máximo nivel salarial de los Grupos
Profesionales 1, 2, 3, 4 y 5 podrán negociar sus condiciones salariales de forma individual (plus ad
personam,…), sin que en ningún caso ello suponga la creación unilateral de nuevos niveles
salariales ni tampoco que computen para el cupo del 25%.
Sí contarán para el mínimo el 25% las promociones por antigüedad del apartado (D), EPÍGRAFE “A”.
(B) Recorrido salarial respecto a promociones de Convenio Colectivo:
Como norma general se promocionará al siguiente nivel salarial dentro del Grupo Profesional en el
que esté encuadrado el trabajador o trabajadora. Sin embargo, como excepción a dicha norma
general, se señalan las siguientes: Las personas del grupo 7, promocionarán al grupo 5.
Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el Anexo II.
(C) Normas de funcionamiento del sistema de promociones por colectivos:
i)

Taller: Promocionarán el 25% de las personas de Taller (Técnicos/as de Mantenimiento, Grupo
4 y Jefes/as de Equipo, y Almaceneros/as) que no hayan promocionado en los dos años
anteriores. De este porcentaje (25%) promocionarán los que lleven más tiempo sin promocionar
de todo el colectivo de Taller de ACTRENMadrid.

ii) Oficinas:
El procedimiento de promociones para el personal de Oficinas (Colegio Técnicos y
Administrativos) se hará en base a los siguientes criterios:
a)

Promocionará el 25% del personal de Oficinas que no haya tenido promoción en los dos
años anteriores, de los cuales promocionará un 15% por antigüedad y un 10% por
evaluación del desempeño de su responsable.

b)

Recibidas las evaluaciones del desempeño, el Tribunal - compuesto por 3 miembros a
determinar por la Dirección de RRHH y PRL, y un miembro del Comité de Empresa (Colegio
técnicos y administrativos), todos con derecho a voz y voto, decidirá, por mayoría simple,
los trabajadores/as que promocionan respecto al 10% que promociona por evaluación del
desempeño.

Respecto al 15% que promociona por antigüedad promocionarán las personas que lleven
más tiempo sin promocionar de todo el colectivo de Oficinas.
(D) Cuestiones comunes al proceso de promociones:
a)

Promociones por antigüedad:
 TALLER (Técnicos/as de Mantenimiento, Grupo 4 y Jefes/as de Equipo, y Almaceneros/as):
Promocionará por antigüedad el total de las promociones para dicho colectivo (25%). De este

BOCM-20230624-3

En caso de que exista un jefe jerárquico y otro operacional el tribunal estará formado por
representación de cada uno de estos más un miembro de RRHH y otro del Comité (Colegio
técnicos y administrativos).