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Autorización instalación eléctrica – Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa para la instalación de una instalación fotovoltaica y un centro de seccionamiento en avenida Diego de Almagro, número 2, en el término municipal de Boadilla del Monte, solicitada por Canal de Isabel II, S. A. – Número de expediente: 2022P584-14-0141-00584.4/2022
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 70
VIERNES 23 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 148
RESUELVE
Primero
Autorizar a Canal de Isabel II, S. A., la instalación de una planta fotovoltaica de 1.000 kW
y 0,97 ha en la modalidad de autoconsumo con excedentes, conectada a la red interior de
baja tensión que parte del centro de transformación 2013P423 ICA8328 ubicado dentro de
las instalaciones de la EDAR, siendo las características y ubicación, en coordenadas UTM
referidas al huso 30:
COORDENADAS X – Y (UTM ETRS89)
TECNOLOGÍA
REF. INSTALACIÓN
P. TOTAL (kWp)
MODALIDAD DE GENERACIÓN
P. NOMINAL (kW)
TENSIÓN DE CONEXIÓN A RED (kV)
INSTALACION FOTOVOLTAICA
2022P584 ̶ IGA236
422.370
AUTOCONSUMO CON EXCEDENTES
1000
20
REFERENCIA CENTRO
ACTUACIÓN
kVA MÁXIMA
PROTECCIÓN
R. TRANSF.
TIPO
2022P584 - UCAS15979
REFORMA
INTERRUPTOR AUTOMATICO
NO APLICA
4.473.720
1000
0
SITUACIÓN X - Y UTM
(Huso 30 - ETRS89)
422.346
4.473.617
INTERIOR, DE MANIOBRA INTERIOR. PREFABRICADO DE SUPERFICIE
Segundo
Si en el plazo de 24 meses no hubiera sido presentada la solicitud de aprobación del
proyecto de ejecución se producirá la caducidad de la autorización administrativa previa,
sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, la prórroga del plazo
establecido acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010.
La presente autorización administrativa previa se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, el informe favorable de la Dirección General de
Patrimonio Histórico y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
En Madrid, a 13 de junio de 2023.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(01/10.463/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230623-18
Tercero
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 70
VIERNES 23 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 148
RESUELVE
Primero
Autorizar a Canal de Isabel II, S. A., la instalación de una planta fotovoltaica de 1.000 kW
y 0,97 ha en la modalidad de autoconsumo con excedentes, conectada a la red interior de
baja tensión que parte del centro de transformación 2013P423 ICA8328 ubicado dentro de
las instalaciones de la EDAR, siendo las características y ubicación, en coordenadas UTM
referidas al huso 30:
COORDENADAS X – Y (UTM ETRS89)
TECNOLOGÍA
REF. INSTALACIÓN
P. TOTAL (kWp)
MODALIDAD DE GENERACIÓN
P. NOMINAL (kW)
TENSIÓN DE CONEXIÓN A RED (kV)
INSTALACION FOTOVOLTAICA
2022P584 ̶ IGA236
422.370
AUTOCONSUMO CON EXCEDENTES
1000
20
REFERENCIA CENTRO
ACTUACIÓN
kVA MÁXIMA
PROTECCIÓN
R. TRANSF.
TIPO
2022P584 - UCAS15979
REFORMA
INTERRUPTOR AUTOMATICO
NO APLICA
4.473.720
1000
0
SITUACIÓN X - Y UTM
(Huso 30 - ETRS89)
422.346
4.473.617
INTERIOR, DE MANIOBRA INTERIOR. PREFABRICADO DE SUPERFICIE
Segundo
Si en el plazo de 24 meses no hubiera sido presentada la solicitud de aprobación del
proyecto de ejecución se producirá la caducidad de la autorización administrativa previa,
sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, la prórroga del plazo
establecido acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010.
La presente autorización administrativa previa se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, el informe favorable de la Dirección General de
Patrimonio Histórico y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
En Madrid, a 13 de junio de 2023.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(01/10.463/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230623-18
Tercero