C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230617-1)
Convenio colectivo – Resolución de 29 de mayo de 2023 de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa 3M España, S. L. (código 28102691012019)
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 143
8. Personas en situación de Discapacidad
Para el cumplimiento Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley general de derechos de las personas en situación de discapacidad y
de su inclusión social, en su redacción actual, la Compañía aplicará su política de asignación de
personas trabajadoras en la Compañía, con algún tipo de necesidades especiales, acudiendo a la
selección externa cuando sea necesario para cubrir el porcentaje vigente en cada momento, y
siempre en relación a puestos adecuados a las necesidades especiales de la persona.
Trimestralmente y guardando el máximo respeto a la intimidad de las personas afectadas, la
Compañía informará a la RLPT, de los puestos de esta naturaleza que tenga cubiertos.
Todo lo anterior, sin perjuicio de que una vez se determinen reglamentariamente las medidas
alternativas previstas en la Ley 1/2013, se pueda revisar el contenido de los anteriores acuerdos.
IV. Jornada, horas extraordinarias y vacaciones
1. Jornada de Trabajo
La jornada de trabajo será la siguiente:
a) Jornada normal:
8 horas y 15 minutos diarios de lunes a viernes, excepto 9 semanas durante los meses de julio
y agosto que será de 6 horas y 30 minutos diarios de lunes a viernes, y 10 viernes en los meses
de mayo, junio y septiembre que será de 6 horas y 30 minutos diarios.
En el caso de los departamentos de Customer Service, se garantizará la presencia del 50% de
la plantilla hasta las 17:30h. De esta forma los viernes del párrafo anterior se ampliarán al periodo
de aplicación en la medida de lo necesario para que toda la plantilla de Customer Service pueda
disfrutar del horario indicado durante un total de 10 viernes.
El personal con este tipo de jornada dispondrá de cuatro días de libre disposición a determinar
de mutuo acuerdo entre la persona interesada y el Departamento.
Se establece y fomentará un sistema de Horario Flexible cuyo alcance y mecánica de
funcionamiento quedará recogido en el Reglamento específico a tal efecto (Reglamento de
registro de jornada y horario flexible) y cuya modificación requerirá de consulta previa con la
RLPT.
Las trabajadoras embarazadas cuyas funciones lo permitan, a partir de la semana 32 de
gestación podrán acogerse a un sistema de teletrabajo. En caso de necesidad la Compañía
facilitará las herramientas de trabajo necesarias para poder adscribirse a este sistema.
b) Turno:
8:00 horas diarias, de lunes a viernes.
El personal a turno podrá disfrutar de cuatro días al año, de libre disposición, y cuando las
necesidades del servicio lo permitan.
En el supuesto de que, en una determinada fecha, hubiera mayor número de personas
interesadas que posibilidades de ausencias, se seguirá un turno rotatorio en razón de la
antigüedad.
Las personas trabajadoras de Producción sujetas a turnos de trabajo rotarán semanalmente de
manera alternativa, dentro de los distintos turnos.
En los supuestos de modificación del orden de rotación semanal, se notificará personalmente
por la persona Encargada, a quien afectara, no más tarde del turno en que la persona trabaje, el
jueves inmediatamente anterior a la semana en cuestión. Si el cambio se avisara después del
jueves o en los casos de cambio de turno en la misma semana, se requerirá el acuerdo de la
persona afectada, excepto en los casos de enfermedad o ausencia imprevista.
En el supuesto de cambio de turno a petición la persona trabajadora será necesario obtener la
conformidad de la persona con la que cambia el turno y aprobación de sus mandos.
Todo lo anterior sin perjuicio de las condiciones o sistemas especiales vigentes en determinados
puestos o servicios.
BOCM-20230617-1
El orden de rotación podrá ser de mañana, tarde o noche.
Pág. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 143
8. Personas en situación de Discapacidad
Para el cumplimiento Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley general de derechos de las personas en situación de discapacidad y
de su inclusión social, en su redacción actual, la Compañía aplicará su política de asignación de
personas trabajadoras en la Compañía, con algún tipo de necesidades especiales, acudiendo a la
selección externa cuando sea necesario para cubrir el porcentaje vigente en cada momento, y
siempre en relación a puestos adecuados a las necesidades especiales de la persona.
Trimestralmente y guardando el máximo respeto a la intimidad de las personas afectadas, la
Compañía informará a la RLPT, de los puestos de esta naturaleza que tenga cubiertos.
Todo lo anterior, sin perjuicio de que una vez se determinen reglamentariamente las medidas
alternativas previstas en la Ley 1/2013, se pueda revisar el contenido de los anteriores acuerdos.
IV. Jornada, horas extraordinarias y vacaciones
1. Jornada de Trabajo
La jornada de trabajo será la siguiente:
a) Jornada normal:
8 horas y 15 minutos diarios de lunes a viernes, excepto 9 semanas durante los meses de julio
y agosto que será de 6 horas y 30 minutos diarios de lunes a viernes, y 10 viernes en los meses
de mayo, junio y septiembre que será de 6 horas y 30 minutos diarios.
En el caso de los departamentos de Customer Service, se garantizará la presencia del 50% de
la plantilla hasta las 17:30h. De esta forma los viernes del párrafo anterior se ampliarán al periodo
de aplicación en la medida de lo necesario para que toda la plantilla de Customer Service pueda
disfrutar del horario indicado durante un total de 10 viernes.
El personal con este tipo de jornada dispondrá de cuatro días de libre disposición a determinar
de mutuo acuerdo entre la persona interesada y el Departamento.
Se establece y fomentará un sistema de Horario Flexible cuyo alcance y mecánica de
funcionamiento quedará recogido en el Reglamento específico a tal efecto (Reglamento de
registro de jornada y horario flexible) y cuya modificación requerirá de consulta previa con la
RLPT.
Las trabajadoras embarazadas cuyas funciones lo permitan, a partir de la semana 32 de
gestación podrán acogerse a un sistema de teletrabajo. En caso de necesidad la Compañía
facilitará las herramientas de trabajo necesarias para poder adscribirse a este sistema.
b) Turno:
8:00 horas diarias, de lunes a viernes.
El personal a turno podrá disfrutar de cuatro días al año, de libre disposición, y cuando las
necesidades del servicio lo permitan.
En el supuesto de que, en una determinada fecha, hubiera mayor número de personas
interesadas que posibilidades de ausencias, se seguirá un turno rotatorio en razón de la
antigüedad.
Las personas trabajadoras de Producción sujetas a turnos de trabajo rotarán semanalmente de
manera alternativa, dentro de los distintos turnos.
En los supuestos de modificación del orden de rotación semanal, se notificará personalmente
por la persona Encargada, a quien afectara, no más tarde del turno en que la persona trabaje, el
jueves inmediatamente anterior a la semana en cuestión. Si el cambio se avisara después del
jueves o en los casos de cambio de turno en la misma semana, se requerirá el acuerdo de la
persona afectada, excepto en los casos de enfermedad o ausencia imprevista.
En el supuesto de cambio de turno a petición la persona trabajadora será necesario obtener la
conformidad de la persona con la que cambia el turno y aprobación de sus mandos.
Todo lo anterior sin perjuicio de las condiciones o sistemas especiales vigentes en determinados
puestos o servicios.
BOCM-20230617-1
El orden de rotación podrá ser de mañana, tarde o noche.