C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230612-26)
Normas reguladoras subvenciones –  Acuerdo de 24 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de menos de 10.000 habitantes de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 138

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

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operativa. Se presumirá que esta consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste
en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento
expreso. En el caso de que no prestara este consentimiento para la consulta y comprobación
de sus datos, el interesado estará obligado con carácter general a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado de conformidad con el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria.
7. Podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través del
portal “ sede.comunidad.madrid ”, en la sección Aportación de Documentos a Expedientes.
Artículo 10
Plazo de presentación de solicitudes
1. Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de
estas normas reguladoras. Se cumplimentarán en el modelo de solicitud que figura como
anexo, y se acompañará de la documentación especificada en artículo 11.
No obstante, la concesión de las subvenciones deberá ir precedida de la aprobación de
la orden por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para el
ejercicio correspondiente.
2. Las solicitudes presentadas a partir del 1 de octubre de cada ejercicio y las que no
hayan podido ser atendidas por falta de crédito presupuestario podrán ser concedidas con
cargo al crédito presupuestario disponible en el ejercicio siguiente si así lo establece la correspondiente orden de declaración del crédito presupuestario disponible.
Artículo 11
1. Los solicitantes presentarán junto a la solicitud, según modelo normalizado, los siguientes documentos:
a) Memoria de la actuación, incluyendo una lista con orden de prioridad de los tramos de caminos rurales para cuyo mantenimiento se solicita subvención, describiendo su estado actual y la necesidad de mantenimiento.
b) Planos necesarios para la correcta comprensión y medición de la actuación, incluyendo al menos:
— Plano de localización a escala 1:25.000.
— Planos de afección en los que se recojan al menos los dominios públicos como
montes públicos, vías pecuarias, dominio público hidráulico, y los espacios naturales protegidos, y la indicación expresa de los distintos tipos y usos de suelos del municipio de conformidad con el Plan General de Ordenación Urbana
o las normas subsidiarias.
c) Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento en la que se haga constar el acta del pleno del Ayuntamiento u órgano local competente en la que conste el acuerdo de solicitar la subvención para la realización de la obra.
d) Certificación de la disponibilidad de los terrenos donde se vayan a efectuar las actuaciones, expedida por el secretario del Ayuntamiento y conformidad del Alcalde.
e) Designación de la persona responsable del Ayuntamiento a efectos de la ejecución
de las actuaciones y que proceda a la firma del acta de aceptación de la actuación
y de finalización de los trabajos.
f) Compromiso del aporte de agua para la adecuada realización de las actuaciones,
en su caso.
g) Autorizaciones necesarias para el adecuado desarrollo de las actuaciones y, en caso
de no ser necesarias, certificación del Secretario del Ayuntamiento en ese sentido.
2. Además, deberá presentar junto a la solicitud:
a) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente de
sus obligaciones en caso de que se haya opuesto a su consulta en la solicitud.
b) Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias en caso de que no se haya autorizado expresamente la consulta en la solicitud.

BOCM-20230612-26

Documentación que debe acompañar a la solicitud