Horcajuelo de la Sierra (BOCM-20230607-86)
Régimen económico. Ordenanza tasa licencias urbanísticas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 134

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023

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el planeamiento vigente con los que la solicitud esté en contradicción. En su caso, la resolución de otorgamiento de licencia indicará las condiciones, los requisitos o las medidas correctoras que la actuación solicitada deberá cumplir para ajustarse al ordenamiento en vigor.
10. Transcurrido el plazo de resolución sin haberse notificado esta, el interesado
puede entender desestimada su petición por silencio administrativo, en los términos establecidos en la legislación básica estatal.
11. El inicio de las obras, una vez obtenida la licencia conforme al proyecto básico,
requerirá la presentación por el interesado de la declaración responsable en las que se manifieste que el proyecto de ejecución desarrolla al básico y no introduce modificaciones sustanciales que supongan la realización de un proyecto diferente del inicialmente autorizado.
Art. 10. Documentación que debe acompañar a la licencia urbanística.—Se adoptan modelos normalizados para facilitar a los interesados la aportación de los datos y la documentación requerida. Dichos modelos estarán a disposición de los ciudadanos por medios
electrónicos y en las correspondientes oficinas municipales.
En las actuaciones sometidas a licencia urbanística se aportará la siguiente documentación:
a) Modelo normalizado de licencia urbanística debidamente cumplimentado, en el
que se acredite debidamente la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante.
b) Acreditación de la representación, en los casos en que proceda.
c) Identificación de la actuación urbanística a realizar, sus características y su ubicación.
d) Justificante de pago del abono del tributo correspondiente, cuando, de acuerdo a sus
respectivas ordenanzas fiscales reguladoras sea exigible: Tasa por tramitación de la
licencia urbanística; Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
e) Incorporación de documento de aceptación de los residuos de construcción y demolición (RCDs) que se pueda generar en la obra, expedido por un gestor autorizado por la Comunidad de Madrid.
f) Constitución avales precisos.
g) Cuando proceda impreso estadística de edificación.
h) Copia de las autorizaciones de otras administraciones. Cuando el acto objeto de licencia esté afectado por normativa sectorial, será obligatoria la autorización previa de la administración competente.
i) Referencia catastral de los bienes inmuebles. Los titulares de derechos reales o
con trascendencia real sobre bienes inmuebles deberán presentar ante la autoridad
administrativa competente para instruir o resolver un procedimiento referencia catastral del bien inmueble.
j) Documentación técnica:

Cuando no sea legalmente exigible la presentación de un proyecto de obras, bastará
con la presentación de una memoria que describa de forma suficiente las características del
acto objeto de licencia.
Según las características de acto objeto de licencia y la afectación por normativa específica, esta memoria deberá ir acompañada de la correspondiente memoria técnica que justifique el cumplimento de la normativa aplicable y aporte planos descriptivos de la actuación.
Art. 11. Licencias especiales: licencias parciales.—Cuando junto al proyecto de
obras de edificación se presenten proyectos parciales, programas de fases constructivas o
documentos técnicos relativos a elementos autónomos de las obras o instalaciones específicas, podrá otorgarse, si fuera factible técnicamente, licencia para el primero a reserva de
la integración sucesiva en la misma por las aprobaciones separadas de los segundos.
Cuando las obras presenten suficiente complejidad, para que sea clara su viabilidad urbanística en conjunto, podrá también convenirse en el procedimiento y para la preparación
de la resolución sobre la licencia, un programa de autorización por partes autónomas de las
obras, cuyas autorizaciones se entenderán otorgadas bajo la condición resolutoria de la licencia definitiva. Las autorizaciones parciales legitimarán la ejecución de las obras a que
se refieran, si así lo especifican.

BOCM-20230607-86

1. Proyecto técnico en los casos en que así venga exigido por la legislación estatal aplicable.
2. Memoria.