El Escorial (BOCM-20230531-73)
Régimen económico. Ordenanza ayudas emergencia social
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 128

2. Solicitudes:
1) Las solicitudes se formularán en una instancia general o conforme al modelo establecido, en su caso, y se podrán presentar en la Concejalía de Servicios Sociales, siendo
única por unidad familiar.
2) A la solicitud se acompañarán los documentos necesarios para justificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado siguiente de este artículo.
3) A la solicitud de acompañarán los documentos justificativos del gasto cuya
subvención se solicita.
4) Los servicios sociales facilitarán a las personas solicitantes, mediante cita previa,
cuanta información y orientación sea necesaria para la tramitación de la ayuda. Esta función podrá ser asumida, en su caso, por la entidad colaboradora.
3. Documentación: las solicitudes se presentarán acompañadas de la siguiente documentación, según proceda:
— DNI del solicitante, tarjeta de residencia o pasaporte. Una copia del DNI quedará
en el expediente.
— Certificado/volante de empadronamiento de los miembros de la unidad de familiar.
— Libro de familia. Una copia del Libro de familia quedará en el expediente.
— En caso de separación/divorcio: convenio regulador y/o sentencia definitiva. Una
copia quedará en el expediente.
— Declaración jurada del impago de pensiones alimenticias y/o compensatorias y
presentación de denuncia correspondiente.
— Acreditación de ingresos y de la situación económico-laboral de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años:
d Las dos últimas nóminas.
d Vida laboral.
d Declaración jurada cuando no se puedan acreditar ingresos con otra documentación.
d Certificado de prestaciones del SEPE.
d Certificado de prestaciones del INSS expedido por el organismo correspondiente.
d Movimientos bancarios de los últimos tres meses anteriores a la solicitud.
— Acreditación de gastos de vivienda: copia del contrato de alquiler y último recibo
abonado o justificante del pago de hipoteca.
— Informes médicos y/o de otro tipo si son necesarios para justificar la necesidad de
la ayuda solicitada.
— Presupuestos si son necesarios para justificar la necesidad de la ayuda.
— Reclamación de deuda de suministros luz, agua, gas, gasóleo para justificar la
petición de ayuda de vivienda.
— Documentación acreditativa de la necesidad cuyo pago se solicita, del modo que
se señala en el artículo 4 de esta base.
— Cualquier otro documento, requerido por el Técnico de servicios sociales municipal,
que justifique la necesidad de la ayuda.
La presentación de la solicitud supone la declaración responsable, por parte del solicitante, de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberá estar al corriente de
las obligaciones tributarias respecto al Ayuntamiento de El Escorial, de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social. Este requisito se exceptúa para los beneficiarios cuyas familias
sean receptoras de renta mínima de inserción.
4. Instrucción y propuesta:
1) Recibida la solicitud instruirá el expediente el Técnico de servicios sociales
municipal, en colaboración directa con los trabajadores de la UTS municipal.
2) La participación de la UTS comprenderá:
a) Participar en la instrucción del expediente colaborando con el solicitante en la presentación de la solicitud de ayuda.
b) Emisión de informes sociales que sean requeridos en la conformación del expediente según lo señalado en esta ordenanza.
c) El Instructor del expediente revisará la documentación presentada por el solicitante, y podrá solicitar informes o aclaraciones a los servicios sociales.

BOCM-20230531-73

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