C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230531-22)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1532/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifican los epígrafes 7, 8, 10, 11, 12, 17, 23, 24 y se crean los epígrafes 47, 48 y 49 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
Pág. 195
Estas anualidades forman parte del PDR-CM 2014-2020 y serán financiadas en un 75
por 100 por el FEADER, en un 17,5 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 7,5 por 100
restante por la Administración General del Estado, o los porcentajes que se establezcan en el
nuevo período de programación 2021-2027.El presupuesto de cada programa ambiental, con
cargo a la partida presupuestaria 77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, se establece en la convocatoria correspondiente.
Convocatoria 2023: programa 2023-2027 (PEPAC-CM 2023-2027).
Intervención 6505.1: “Ayudas al mantenimiento de razas autóctonas en riesgo de erosión genética” cuyo objetivo es el fomento de las siguientes razas autóctonas de la Comunidad de Madrid en peligro de extinción.
El desglose anual según la siguiente tabla:
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
ANUALIDAD
CUANTÍA PRESUPUESTO
2024
Primera (2023)
150.000,00
2025
Segunda (2024)
150.000,00
2026
Tercera (2025)
150.000,00
2027
Cuarta (2026)
150.000,00
2028
Quinta (2027)
150.000,00
El presupuesto de cada programa ambiental, con cargo a la partida presupuestaria
77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid, se establece en la convocatoria correspondiente.
En caso de que el importe de las solicitudes con derecho al pago sea superior al crédito inicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional, sin necesidad de nueva convocatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 58.2 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Los porcentajes de cofinanciación están fijados en el PEPAC vigente, para el FEADER en el 30 por 100, para la Administración General del Estado en el 20 por 100 y para
la Comunidad de Madrid, en el 50 por 100 restante. En caso de modificación del PEPAC,
serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.
Artículo cuarto
Modificación del título y del apartado 4, “Costes previsibles y fuentes de financiación”, del Epígrafe 11, “Ayudas a la apicultura para la conservación y mejora de la biodiversidad, cofinanciados con el FEADER (Tipo de Operación 10.1.4 del PDR 2014-2020)”,
en el Anexo I, “Líneas de subvención en régimen de concurrencia competitiva”, del Plan
Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, con el siguiente detalle:
11. Ayudas a la apicultura para la conservación y mejora de la biodiversidad,
cofinanciados con el FEADER
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
ANUALIDAD
CUANTÍA PRESUPUESTO
2023
Primera (2022)
200.000,00
2024
Segunda (2023)
200.000,00
2025
Tercera (2024)
200.000,00
Estas ayudas se corresponden con el tipo de operación 10.1.4, “Apicultura para la mejora de la biodiversidad”, del PDR-CM 2014-2020, y serán financiadas en un 75 por 100
por el FEADER, en un 17,5 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 7,5 por 100 restante por la Administración General del Estado. La aplicación del gasto correspondiente a
BOCM-20230531-22
4. Costes previsibles y fuentes de financiación:
Convocatoria 2022 dentro del PDR-CM 2014-2020 PROGRAMA 2022-2024.
Desglose anual según la siguiente tabla:
B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
Pág. 195
Estas anualidades forman parte del PDR-CM 2014-2020 y serán financiadas en un 75
por 100 por el FEADER, en un 17,5 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 7,5 por 100
restante por la Administración General del Estado, o los porcentajes que se establezcan en el
nuevo período de programación 2021-2027.El presupuesto de cada programa ambiental, con
cargo a la partida presupuestaria 77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, se establece en la convocatoria correspondiente.
Convocatoria 2023: programa 2023-2027 (PEPAC-CM 2023-2027).
Intervención 6505.1: “Ayudas al mantenimiento de razas autóctonas en riesgo de erosión genética” cuyo objetivo es el fomento de las siguientes razas autóctonas de la Comunidad de Madrid en peligro de extinción.
El desglose anual según la siguiente tabla:
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
ANUALIDAD
CUANTÍA PRESUPUESTO
2024
Primera (2023)
150.000,00
2025
Segunda (2024)
150.000,00
2026
Tercera (2025)
150.000,00
2027
Cuarta (2026)
150.000,00
2028
Quinta (2027)
150.000,00
El presupuesto de cada programa ambiental, con cargo a la partida presupuestaria
77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid, se establece en la convocatoria correspondiente.
En caso de que el importe de las solicitudes con derecho al pago sea superior al crédito inicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional, sin necesidad de nueva convocatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 58.2 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Los porcentajes de cofinanciación están fijados en el PEPAC vigente, para el FEADER en el 30 por 100, para la Administración General del Estado en el 20 por 100 y para
la Comunidad de Madrid, en el 50 por 100 restante. En caso de modificación del PEPAC,
serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.
Artículo cuarto
Modificación del título y del apartado 4, “Costes previsibles y fuentes de financiación”, del Epígrafe 11, “Ayudas a la apicultura para la conservación y mejora de la biodiversidad, cofinanciados con el FEADER (Tipo de Operación 10.1.4 del PDR 2014-2020)”,
en el Anexo I, “Líneas de subvención en régimen de concurrencia competitiva”, del Plan
Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, con el siguiente detalle:
11. Ayudas a la apicultura para la conservación y mejora de la biodiversidad,
cofinanciados con el FEADER
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
ANUALIDAD
CUANTÍA PRESUPUESTO
2023
Primera (2022)
200.000,00
2024
Segunda (2023)
200.000,00
2025
Tercera (2024)
200.000,00
Estas ayudas se corresponden con el tipo de operación 10.1.4, “Apicultura para la mejora de la biodiversidad”, del PDR-CM 2014-2020, y serán financiadas en un 75 por 100
por el FEADER, en un 17,5 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 7,5 por 100 restante por la Administración General del Estado. La aplicación del gasto correspondiente a
BOCM-20230531-22
4. Costes previsibles y fuentes de financiación:
Convocatoria 2022 dentro del PDR-CM 2014-2020 PROGRAMA 2022-2024.
Desglose anual según la siguiente tabla: