C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230531-22)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1532/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifican los epígrafes 7, 8, 10, 11, 12, 17, 23, 24 y se crean los epígrafes 47, 48 y 49 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 194

MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 128

Artículo segundo
Modificación del apartado 4, “Costes previsibles y fuentes de financiación”, del epígrafe 8, “Ayudas para la cooperación en el fomento de circuitos cortos y comercialización
de proximidad”, en el Anexo I, “Líneas de subvención en régimen de concurrencia competitiva”, del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de
mayo, con el siguiente detalle:
8. Ayudas para la cooperación en el fomento de circuitos cortos
y comercialización de proximidad
4.

Costes previsibles y fuentes de financiación:

La distribución anual prevista para los años 2020-2024 es la siguiente:
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA

2020

2021

2022

2023

2024

100.000 €

150.000 €

200.000 €

200.000 €

400.000 €

La financiación de las ayudas se efectuará con cargo a la posición presupuestaria
G/411A/77306, “Actuaciones agrícolas”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid.
Las ayudas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en los términos establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 sobre criterios y condiciones de cofinanciación del FEADER, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la Comunidad de Madrid,
y que se recogen en los correspondientes cuadros financieros.
Artículo tercero
Modificación del apartado 4, “Costes previsibles y fuentes de financiación”, del Epígrafe 10, “Ayudas para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción, cofinanciadas con el FEADER”, en el Anexo I, “Líneas de subvención en régimen de concurrencia competitiva” del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura, para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5
de mayo, con el siguiente detalle:
10. Ayudas para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción,
cofinanciadas con el FEADER
4. Costes previsibles y fuentes de financiación:
Las convocatorias vigentes dentro del Programa PDR 2014-2020 son las siguientes
desglosadas en sus respectivas anualidades:
CONVOCATORIA 2019: PROGRAMA 2019-2023 PDR 2014-2020
ANUALIDADES

CUANTÍA (€)

2019

140.000

2020

140.000

2021

140.000

2022

140.000

2023

140.000

ANUALIDADES

CUANTÍA (€)

2021

100.000

2022

100.000

2023

100.000

CONVOCATORIA 2022: PROGRAMA 2022-2024 PDR 2014-2020
ANUALIDADES

CUANTÍA (€)

2022

250.000

2023

250.000

2024

250.000

BOCM-20230531-22

CONVOCATORIA 2021: PROGRAMA 2021-2023 PDR 2014-2020