Pinto (BOCM-20230517-81)
Organización y funcionamiento. Ordenanza servicio recogida residuos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023
d) Para la ejecución del trabajo se contará con un total de dos equipos diarios con la
siguiente composición:
— Un conductor 3.a.
— Un vehículo ligero.
e) Adicionalmente, en caso de que en las recogidas de las rutas de envases y/o cartón
se encontraran residuos que impidieran la adecuada recogida, se contará con un
equipo de igual composición que recoja las bolsas y residuos depositados fuera de
los contenedores.
Art. 15. Servicio de recogida de la fracción vidrio:
a) El servicio de recogida domiciliaria de la fracción vidrio comprende la recogida
con carga superior de la fracción vidrio, el vaciado y recolocación de los elementos de contención colocados en la vía pública.
b) Los contenedores estarán fijados en la posición establecida al efecto, no estando
permitida la ocupación de espacio no establecido al efecto que entorpezca el tráfico en la vía pública o puedan suponer riesgos para la seguridad vial o peatonal.
c) El servicio se presta mediante rutas diferenciadas según 6 zonas diferentes de frecuencia de recogida atendiendo al nivel de llenado, de entre una semana, 10, 15 y 30 días
en algún punto asilado en zona rústica.
d) Los portes responderán a las necesidades en base a toneladas producidas. De forma que en caso de que sea necesario se incrementarán las frecuencias.
e) Ante avisos de desbordamientos el contenedor será vaciado en el plazo de 24 horas desde la recepción del aviso, revisándose al mismo tiempo los contenedores de
toda la zona.
f) Entre los días 25 y 7 de enero el servicio se prestará con una frecuencia mayor,
previéndose una mayor frecuencia de rutas para evitar el llenado.
g) El transporte de los residuos hasta la planta de tratamiento se realizará el mismo
día de la recogida.
Art. 16. Servicio de recogida de la fracción orgánica-bioresiduos:
a) El servicio de recogida domiciliaria de la fracción orgánica comenzará a prestarse
tan pronto sea posible y comprenderá la recogida, vaciado y recolocación de los
elementos de contención colocados en la vía pública.
b) Los contenedores estarán fijados en la posición establecida al efecto, no estando
permitida la ocupación de espacio no establecido al efecto que entorpezca el tráfico en la vía pública o puedan suponer riesgos para la seguridad vial o peatonal.
c) Los contenedores estarán cerrados y fijados en la posición establecida al efecto, no
estando permitida la ocupación de espacio no establecido al efecto que entorpezca el tráfico en la vía pública. Podrán ubicarse contenedores con cierre digital y limitados a determinados usuarios.
d) El servicio se prestará en turno de noche, con horario de 23:00 a 6:00 en condiciones similares al servicio de recogida de la fracción resto, ajustándose atendiendo
a la progresiva implantación, llenado de los contenedores y, en su caso, reciclado
mediante tratamiento biológico, incluido el tratamiento en origen mediante compostaje doméstico o comunitario.
e) El servicio se prestará mediante dos rutas que, todos los días de la semana, incluidos domingos y festivos, realizan la recogida de estos contenedores.
f) Para la ejecución de este trabajo se contará, mínimo, con dos equipos, cada uno de
ellos con la misma composición:
— Un conductor.
— Un camión recolector.
g) Se fomentará el compostaje doméstico y comunitario.
h) Se fomentará el compostaje municipal. En caso de que el residuo requiera transporte previo a compostadoras municipales se realizará el traslado al lugar de tratamiento el mismo día de la recogida.
i) En su defecto, se realizará el mismo día de la recogida, el transporte de los residuos a las instalaciones específicas de reciclado, prioritariamente de compostaje y
digestión anaerobia o una combinación de ambas, y que no se mezclen a lo largo
del tratamiento con otros tipos de residuos, diferentes de los permitidos en el Reglamento (UE) número 2019/1009 PE. En particular no se mezclarán con la fracción orgánica de los residuos mezclados.
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BOCM-20230517-81
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023
d) Para la ejecución del trabajo se contará con un total de dos equipos diarios con la
siguiente composición:
— Un conductor 3.a.
— Un vehículo ligero.
e) Adicionalmente, en caso de que en las recogidas de las rutas de envases y/o cartón
se encontraran residuos que impidieran la adecuada recogida, se contará con un
equipo de igual composición que recoja las bolsas y residuos depositados fuera de
los contenedores.
Art. 15. Servicio de recogida de la fracción vidrio:
a) El servicio de recogida domiciliaria de la fracción vidrio comprende la recogida
con carga superior de la fracción vidrio, el vaciado y recolocación de los elementos de contención colocados en la vía pública.
b) Los contenedores estarán fijados en la posición establecida al efecto, no estando
permitida la ocupación de espacio no establecido al efecto que entorpezca el tráfico en la vía pública o puedan suponer riesgos para la seguridad vial o peatonal.
c) El servicio se presta mediante rutas diferenciadas según 6 zonas diferentes de frecuencia de recogida atendiendo al nivel de llenado, de entre una semana, 10, 15 y 30 días
en algún punto asilado en zona rústica.
d) Los portes responderán a las necesidades en base a toneladas producidas. De forma que en caso de que sea necesario se incrementarán las frecuencias.
e) Ante avisos de desbordamientos el contenedor será vaciado en el plazo de 24 horas desde la recepción del aviso, revisándose al mismo tiempo los contenedores de
toda la zona.
f) Entre los días 25 y 7 de enero el servicio se prestará con una frecuencia mayor,
previéndose una mayor frecuencia de rutas para evitar el llenado.
g) El transporte de los residuos hasta la planta de tratamiento se realizará el mismo
día de la recogida.
Art. 16. Servicio de recogida de la fracción orgánica-bioresiduos:
a) El servicio de recogida domiciliaria de la fracción orgánica comenzará a prestarse
tan pronto sea posible y comprenderá la recogida, vaciado y recolocación de los
elementos de contención colocados en la vía pública.
b) Los contenedores estarán fijados en la posición establecida al efecto, no estando
permitida la ocupación de espacio no establecido al efecto que entorpezca el tráfico en la vía pública o puedan suponer riesgos para la seguridad vial o peatonal.
c) Los contenedores estarán cerrados y fijados en la posición establecida al efecto, no
estando permitida la ocupación de espacio no establecido al efecto que entorpezca el tráfico en la vía pública. Podrán ubicarse contenedores con cierre digital y limitados a determinados usuarios.
d) El servicio se prestará en turno de noche, con horario de 23:00 a 6:00 en condiciones similares al servicio de recogida de la fracción resto, ajustándose atendiendo
a la progresiva implantación, llenado de los contenedores y, en su caso, reciclado
mediante tratamiento biológico, incluido el tratamiento en origen mediante compostaje doméstico o comunitario.
e) El servicio se prestará mediante dos rutas que, todos los días de la semana, incluidos domingos y festivos, realizan la recogida de estos contenedores.
f) Para la ejecución de este trabajo se contará, mínimo, con dos equipos, cada uno de
ellos con la misma composición:
— Un conductor.
— Un camión recolector.
g) Se fomentará el compostaje doméstico y comunitario.
h) Se fomentará el compostaje municipal. En caso de que el residuo requiera transporte previo a compostadoras municipales se realizará el traslado al lugar de tratamiento el mismo día de la recogida.
i) En su defecto, se realizará el mismo día de la recogida, el transporte de los residuos a las instalaciones específicas de reciclado, prioritariamente de compostaje y
digestión anaerobia o una combinación de ambas, y que no se mezclen a lo largo
del tratamiento con otros tipos de residuos, diferentes de los permitidos en el Reglamento (UE) número 2019/1009 PE. En particular no se mezclarán con la fracción orgánica de los residuos mezclados.
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