Pinto (BOCM-20230517-81)
Organización y funcionamiento. Ordenanza servicio recogida residuos
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B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023

p) El servicio de recogida y gestión de residuos deberá desmontar y triturar los muebles y enseres para su entrega en el vertedero con el menor volumen posible, salvo
en los casos en los que se permita su retirada, reparación, reutilización o reciclaje.
q) En el caso de colchones la entrega se hará a un gestor autorizado.
Art. 24. Servicios de recogida específicos en mercadillos, eventos y asimilables:
a) El servicio de recogida de basuras contará con un stock de pequeños cubos verdes,
amarillo y azules de ruedas de pequeño cubicaje para la recogida separada de estas
fracciones siempre que sea necesario en mercadillos, eventos, fiestas y similares.
b) El prestador del servicio vendrá obligado a trasladar los contenedores, cuando así
sea requerido por el Ayuntamiento, a los distintos eventos que tengan lugar para
con ello facilitar la recogida de residuos y fomentar la recogida selectiva.
c) Los cubos se recogerán una vez terminados los actos por el servicio de forma separada salvo que se aprecie un volumen intolerable de impropios.
d) Este servicio se realizará mediante un equipo con la siguiente composición:
— Un conductor.
— Un peón.
— Un camión.
e) La recogida se realizará de lunes a domingo siempre que sea necesario atendiendo
a las necesidades que surjan.
Art. 25. Retirada de residuos en puntos negros en todo el municipio:
a) El servicio consiste en la retirada de “puntos negros” que se produzcan en suelos
públicos ya sea suelo urbano, urbanizable o rústico de cualquier tipo de residuos.
Se consideran puntos negros aquellos en los que exista un acopio o acumulación
anormal de residuos/vertidos incontrolados.
b) Se procederá a prestar este servicio a solicitud municipal. La retirada se coordinará con la policía municipal que, previamente a la recogida, acudirá al lugar e intentará localizar al infractor.
c) Esta situación se produce puntualmente de forma que el servicio actuará a requerimiento municipal, debiendo disponer de los medios al efecto.
d) Estos residuos se recogerán de forma conjunta, salvo que existan residuos que la
normativa exija su tratamiento diferenciado, en cuyo caso se llevará a gestor autorizado, como es el caso de neumáticos que deberán gestionarse diferenciadamente.
e) Este servicio se realizará mediante un equipo con la siguiente composición:
— Un conductor.
— Un peón.
— Un camión de caja abierta.
f) La recogida se realizará de lunes a viernes siempre que sea necesario atendiendo a
las necesidades que surjan.
Art. 26. Recogida de restos de poda puerta a puerta:
a) Poda privada:
1. Son residuos de origen doméstico los residuos vegetales que se originen en labores jardineras como puedan ser la poda de árboles y arbustos o perfilado de
setos, así como la hojarasca que se produzca en jardines privados de podas
procedentes de fincas particulares o comunidades de vecinos.
2. La recogida de éstos se hará por el servicio correspondiente, previo aviso y
contacto telefónico con el Servicio municipal competente indicando el volumen aproximado. Se acordará la fecha de recogida.
3. Entre la fecha de llamada y de recogida las bolsas se mantendrán dentro de la
propiedad, quedando prohibido depositarlas en la vía pública.
4. El servicio podrá limitar los m3 a depositar junto a los contenedores previa
autorización municipal y deberá prestarse en un máximo de 72 horas.
5. Los restos de tala se reutilizarán o se reciclarán, entre otros, para el compostaje o la valorización energética. Se excluye expresamente la quema al aire libre. En la medida en que se implante la recogida separada de orgánico en el
municipio se deberán utilizar, prioritariamente, para compostaje en las proporciones que señale el municipio.

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