La Cabrera (BOCM-20230517-73)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 116
Dentro del trabajo a presentar por los aspirantes, aparecerá con un epígrafe propio dentro del texto, y con una extensión máxima de 2 páginas, la incidencia en el trabajo policial del
municipio de La Cabrera del objeto del tema adjudicado mediante sorteo a cada aspirante.
El plazo para presentar el trabajo será de DIEZ días hábiles, contados a partir de la publicación del acta de la sesión de valoración de la fase de concurso por el tribunal calificador. El trabajo se entregará al Tribunal por cada aspirante, en sobre cerrado y firmado por
la solapa, y en sesión convocada al efecto. Acto seguido, el Tribunal valorará y puntuará
los trabajos.
Séptima. Calificación de los ejercicios
La fase de concurso se valorará de la siguiente forma:
1. Experiencia Profesional: se valorará según el siguiente baremo y hasta un máximo de 3 puntos.
Por la prestación de servicios como Policía: 0,20 puntos por cada año o fracción superior a seis meses.
Forma de acreditación: certificación expedida por el Ayuntamiento, organismo o entidad en que se hubiesen prestado los servicios que se aleguen.
2. Formación: se valorará según el siguiente baremo y hasta un máximo de 2 puntos.
Por haber superado cursos de formación y perfeccionamiento de interés policial en los que
se haya expedido diploma o certificación de aprovechamiento, según el siguiente baremo:
— Hasta treinta nueve horas lectivas: 0,25 puntos.
— De cuarenta a setenta y nueve horas lectivas: 0,50 puntos.
— Más de ochenta horas lectivas: 0,75 puntos.
Forma de acreditación: Todos los méritos alegados respecto a actividades formativas
realizadas en las Administraciones Públicas deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar, o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado,
cuya fecha ciencia y veracidad resulte indubitada a juicio del Tribunal Calificador.
La prueba de la fase de oposición será eliminatoria y calificable hasta un máximo de 10
puntos. Los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos serán eliminados.
Calificación final: La calificación final de cada aspirante se realizará mediante la suma
de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la prueba puntuable de la fase de
oposición, quedando eliminados quienes no hayan superado la fase de oposición.
El orden de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a
menor puntuación. En caso de empate, este se dirimirá por quien haya obtenido mejor puntuación en la prueba de conocimientos.
Octava. Relación de aprobados
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de los aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación y en la sede electrónica del ayuntamiento, https://lacabrera.sedelectronica.es así como en el Tablón de
Anuncios físico del mismo.
Simultáneamente a su publicación en el Tablón de Anuncios, el Tribunal elevará la relación expresada al Alcalde-Presidente, para que se dicte Resolución integrando en el subgrupo C1 a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, siempre y cuando quede acreditado de acuerdo con la Disposición Adicional 22 de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública:
1. Titulación requerida para acceder al subgrupo C1, o.
2. Antigüedad de 10 años en el cuerpo en el subgrupo C2, o.
3. Antigüedad de cinco años, más la superación de un curso específico de formación
impartido por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid.
Novena. Presentación de documentos
Siendo los participantes en el proceso selectivo miembros del Cuerpo de Policía Local
del Ayuntamiento de La Cabrera, quedan eximidos de presentar los documentos que consten en su expediente personal.
Décima. Régimen de impugnación
Las bases y la convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de la
actuación del tribunal calificador podrán ser impugnadas en los casos y en la forma estable-
BOCM-20230517-73
Pág. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 116
Dentro del trabajo a presentar por los aspirantes, aparecerá con un epígrafe propio dentro del texto, y con una extensión máxima de 2 páginas, la incidencia en el trabajo policial del
municipio de La Cabrera del objeto del tema adjudicado mediante sorteo a cada aspirante.
El plazo para presentar el trabajo será de DIEZ días hábiles, contados a partir de la publicación del acta de la sesión de valoración de la fase de concurso por el tribunal calificador. El trabajo se entregará al Tribunal por cada aspirante, en sobre cerrado y firmado por
la solapa, y en sesión convocada al efecto. Acto seguido, el Tribunal valorará y puntuará
los trabajos.
Séptima. Calificación de los ejercicios
La fase de concurso se valorará de la siguiente forma:
1. Experiencia Profesional: se valorará según el siguiente baremo y hasta un máximo de 3 puntos.
Por la prestación de servicios como Policía: 0,20 puntos por cada año o fracción superior a seis meses.
Forma de acreditación: certificación expedida por el Ayuntamiento, organismo o entidad en que se hubiesen prestado los servicios que se aleguen.
2. Formación: se valorará según el siguiente baremo y hasta un máximo de 2 puntos.
Por haber superado cursos de formación y perfeccionamiento de interés policial en los que
se haya expedido diploma o certificación de aprovechamiento, según el siguiente baremo:
— Hasta treinta nueve horas lectivas: 0,25 puntos.
— De cuarenta a setenta y nueve horas lectivas: 0,50 puntos.
— Más de ochenta horas lectivas: 0,75 puntos.
Forma de acreditación: Todos los méritos alegados respecto a actividades formativas
realizadas en las Administraciones Públicas deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar, o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado,
cuya fecha ciencia y veracidad resulte indubitada a juicio del Tribunal Calificador.
La prueba de la fase de oposición será eliminatoria y calificable hasta un máximo de 10
puntos. Los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos serán eliminados.
Calificación final: La calificación final de cada aspirante se realizará mediante la suma
de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la prueba puntuable de la fase de
oposición, quedando eliminados quienes no hayan superado la fase de oposición.
El orden de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a
menor puntuación. En caso de empate, este se dirimirá por quien haya obtenido mejor puntuación en la prueba de conocimientos.
Octava. Relación de aprobados
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de los aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación y en la sede electrónica del ayuntamiento, https://lacabrera.sedelectronica.es así como en el Tablón de
Anuncios físico del mismo.
Simultáneamente a su publicación en el Tablón de Anuncios, el Tribunal elevará la relación expresada al Alcalde-Presidente, para que se dicte Resolución integrando en el subgrupo C1 a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, siempre y cuando quede acreditado de acuerdo con la Disposición Adicional 22 de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública:
1. Titulación requerida para acceder al subgrupo C1, o.
2. Antigüedad de 10 años en el cuerpo en el subgrupo C2, o.
3. Antigüedad de cinco años, más la superación de un curso específico de formación
impartido por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid.
Novena. Presentación de documentos
Siendo los participantes en el proceso selectivo miembros del Cuerpo de Policía Local
del Ayuntamiento de La Cabrera, quedan eximidos de presentar los documentos que consten en su expediente personal.
Décima. Régimen de impugnación
Las bases y la convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de la
actuación del tribunal calificador podrán ser impugnadas en los casos y en la forma estable-
BOCM-20230517-73
Pág. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID