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Convenio –  Convenio de 30 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Real Academia Española, para el fomento del español en la Comunidad de Madrid y para el conocimiento de la historia y función de la Real Academia Española dentro de la red de centros educativos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 115

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023

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La base jurídica que legitima el tratamiento es que este es necesario para la ejecución
del presente Convenio de colaboración de acuerdo con el artículo 6.1.b) de Reglamento General de Protección de datos (UE 2016/276, de 27 de abril).
Los datos serán conservados durante la vigencia de este Convenio y, posteriormente, durante el tiempo en que puedan derivarse responsabilidades a partir de la relación contractual.
En todo caso, los interesados o afectados podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, supresión y oposición, limitación, portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo
del presente Convenio, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita. En el caso de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades podrán hacerlo a través de su Delegado de Protección de Datos
( protecciondatos.educacion@madrid.org ). Se puede consultar información adicional
sobre protección de datos y sobre el procedimiento para ejercer estos derechos en
http://www.comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/protecciondatos
Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
( www.agpd.es ).
Novena
Derechos de propiedad intelectual e industrial
Todos aquellos materiales que las partes faciliten mutuamente como consecuencia del
desarrollo del convenio, se entenderán como de propiedad exclusiva de cada una de ellas.
La utilización de nombres, marcas, signos, logotipos u otros distintivos o identificaciones de cada una de las partes, o aquellos que se indiquen propiedad de las mismas, en
ningún caso se entenderá como licencia o cesión de uso o constitución de derecho alguno a
favor de la otra parte sobre dichos bienes.
Con el objeto de difundir la colaboración de las partes en el marco del convenio, la Comunidad de Madrid autoriza a la Real Academia Española al uso de su denominación y del
siguiente signo distintivo, únicamente bajo las condiciones establecidas en el presente documento:

Esta autorización de uso se limita única y exclusivamente a los fines previstos en este
convenio y se extinguirá automáticamente en el momento de terminación del mismo, cualquiera que sea la causa.
Décima
La vigencia, se extenderá desde el día 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre del
citado año. En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, las partes firmantes pueden acordar expresamente la prórroga del convenio, hasta un máximo de cuatro
años adicionales, mediante la correspondiente adenda que fije los aspectos no básicos susceptibles de actualización y, singularmente, las fechas de ejecución.
No obstante, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga deberá formalizarse antes
del vencimiento del plazo de vigencia correspondiente.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo de los firmantes, de
conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.

BOCM-20230516-34

Vigencia, prórroga y modificación