D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230415-7)
Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios detallistas de pescados y productos congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), La Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación de Calzado de Madrid (ACC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER) y la Asociación Comercio Hábitat, Decoración, Muebles, Textil Hogar e Interiorismo para la Asistencia Técnica en Materia de Ordenación, Promoción y Fomento de la Actividad Comercial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 92

SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 89

-ANEXO IASISTENCIA TÉCNICA PARA LA PROFESIONALIZACIÓN DEL SECTOR
ENTIDAD COLABORADORA

COMERCIO DE ALIMENTACION (PASTELERIAS)
ASOCIACION DE EMPRESARIOS Y ARTESANOS DEL SECTOR DE
PASTELERIA DE MADRID (ASEMPAS)

OBJETIVO

El principal objetivo de esta actuación es el incremento de la
competitividad del sector de la pastelería.

ACTUACIONES COMPRENDIDAS

Asistencia técnica para la profesionalización del sector en las siguientes
materias:
ORDENACIÓN:Asistencia técnica para la implantación del sello de calidad
artesano.
PROMOCIÓN:Asistencia técnica en materia de actividad promocional en ma
digital con material de apoyo (Guía de digitalización para el comercio de
Proximidad, formato digital y multimedia)
FOMENTO: Información sobre las subvenciones y ayudas convocadas por l
Comunidad de Madrid dirigidas al sector.

PERIODO DE EJECUCIÓN

DESDE EL 1 DE ABRIL HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2023

DESGLOSE DE COSTES

ASOCIACION DE EMPRESARIOS Y ARTESANOS DEL SECTOR DE
PASTELERIA DE MADRID (ASEMPAS)
1. Asistencia técnica prestada por 3 técnicos, 2 externos y 1 de la
asociación, de lunes a viernes,con un total de 343 horas, a lo largo del
período de ejecución del Convenio por importe de: 15.698,95 euros (IVA
incluido)
Precio por hora:
Técnico de la Asociación, Grupo C: 13,25 euros
Técnico 2 externo, Grupo A: 59,53 euros (IVA Incluido)
Técnico 3 externo, Grupo A: 60 euros (IVA Incluido)
2. Lugar de las asistencias técnicas en las instalaciones sitas en la calle
Villamanin. nº 39 Coste asumido por la Asociación.
3. Dirección Técnica y programación: Coste asumido por la Asociación.
4. Gastos generales del local: Coste asumido por la Asociación.
COMUNIDAD DE MADRID:
1. La Comunidad para el desarrollo del presente Convenio aportará la
cantidad de 15.698,95 euros (IVA incluido), con cargo al Subconcepto
26010 del Programa 431A “Comercio”, del Presupuesto de Gastos de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2023.
2. Los compromisos contenidos en la Cláusula Tercera, punto 3.1 del
presente Convenio.

BOCM-20230415-7

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