Pinto (BOCM-20230404-102)
Organización y funcionamiento. Ordenanza limpieza zonas verdes
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023
3. Se realizará una revisión semanal de las redes de riego automáticas existentes en
las zonas verdes.
4. En caso avería de la red de distribución de riego, se comunicará al servicio de averías de CYII, creando aviso y comunicándolo a los servicios técnicos municipales.
5. Los trabajos de mantenimiento de la red de riego y asegurar el riego será una labor a ejecutar diariamente.
6. En la campaña de riego, mensualmente, se deberá disponer de las lecturas de los
contadores de gran consumo y fotos de los contadores, para poder comprobar por los servicios técnicos municipales la facturación de esos puntos de gran consumo.
7. Se respetará la red de riego existente comunicándose cualquier actuación que se
vaya a realizar sobre la misma al objeto de que se compruebe su adecuación y su capacidad. De igual forma, se incluirán en el inventario cualquier modificación.
8. Se deberá facilitar al Ayuntamiento de Pinto cualquier información que solicite
sobre el diseño y programación de las redes de riego (Principal, secundarias, de distribución de parcela y de sectores) establecidas. Realizando, en cada momento, las modificaciones que el personal técnico municipal disponga al respecto.
Art. 25. Riego de elementos vegetales.—1. Los elementos vegetales se regarán con
la frecuencia aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones edafoclimatológicas y de las especies vegetales existentes, de forma que todos los elementos encuentren en el suelo el porcentaje de agua útil necesario para su óptimo crecimiento y desarrollo.
2. Se trata de organizar, realizar y programar la labor de riego con la mayor eficacia,
maximizando todos los sistemas y utilizando las técnicas de riego de forma óptima, adecuando el volumen de agua a las necesidades fisiológicas de los vegetales, evitando situaciones
de estrés hídrico y su decaimiento, y evitando encharcamientos en las zonas regadas, produciendo como consecuencia el máximo ahorro posible de agua. Con todo ello se logrará:
a) Alcanzar una sostenibilidad en la distribución, utilización y control de los sistemas.
b) Optimizar la eficiencia del uso y consumo de agua.
c) Promover el ahorro de agua, haciéndolo compatible con la conservación de las
zonas verdes.
Para ello la mejora de los sistemas, los cálculos de las necesidades y el control del gasto
serán las herramientas fundamentales para el desarrollo de los objetivos propuestos.
3. Se dispondrá una programación anual de riego de elementos vegetales, en el que
se establecerán las dosis y frecuencias correspondientes a cada época del año, mediante el
ajuste de los tiempos de riego de acuerdo al caudal y a la pluviometría real portada por los
emisores y el cálculo de dotaciones y que incluirá la programación del control del gasto del
agua, todo ello para el seguimiento por parte de los Servicios Técnicos Municipales. En el
caso de zonas verdes con agua reutilizada, se establecerán los horarios según convenio entre el Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Pinto.
4. Las dosis y frecuencias propuestas en la programación anual de riegos antes citada vendrán justificadas, igualmente, según las diferentes especies y variedades objeto del
riego, las características del sustrato (textura, estructura y pendiente) y las características
climáticas (precipitación, insolación, vientos, humedad relativa, etc.), teniendo en cuenta la
evapotranspiración potencial y real.
5. Al principio de cada año se establecerá un volumen total de necesidades teóricas
de riego por sector dentro de cada parque incluido en este pliego. Es responsabilidad del
prestador del servicio atendiendo a la forma de gestión que exista:
a) La organización, programación y ejecución del riego, su supervisión y control. Sin
perjuicio de la supervisión por el Ayuntamiento de Pinto.
b) La organización y realización de los riegos manuales que sean necesarios para
asegurar la pervivencia, en condiciones óptimas, de la masa vegetal del municipio
allí donde no exista red de riego.
c) El mantenimiento de todos los elementos de riego y su reposición y reparación.
d) La reparación y reposición, a su cargo, de las superficies deterioradas o perdidas
por la no observancia de lo indicado en los puntos anteriores.
e) Contar con los medios complementarios adecuados para las situaciones de deficiencias en los sistemas generales o restricciones por sequía y dotar a las zonas
verdes del agua suficiente para evitar su decaimiento, realizando si es necesario
riegos de apoyo para corregir estas deficiencias, ya sea con camión cisterna o con
cubas montadas en camión, si fuera necesario.
Pág. 319
BOCM-20230404-102
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023
3. Se realizará una revisión semanal de las redes de riego automáticas existentes en
las zonas verdes.
4. En caso avería de la red de distribución de riego, se comunicará al servicio de averías de CYII, creando aviso y comunicándolo a los servicios técnicos municipales.
5. Los trabajos de mantenimiento de la red de riego y asegurar el riego será una labor a ejecutar diariamente.
6. En la campaña de riego, mensualmente, se deberá disponer de las lecturas de los
contadores de gran consumo y fotos de los contadores, para poder comprobar por los servicios técnicos municipales la facturación de esos puntos de gran consumo.
7. Se respetará la red de riego existente comunicándose cualquier actuación que se
vaya a realizar sobre la misma al objeto de que se compruebe su adecuación y su capacidad. De igual forma, se incluirán en el inventario cualquier modificación.
8. Se deberá facilitar al Ayuntamiento de Pinto cualquier información que solicite
sobre el diseño y programación de las redes de riego (Principal, secundarias, de distribución de parcela y de sectores) establecidas. Realizando, en cada momento, las modificaciones que el personal técnico municipal disponga al respecto.
Art. 25. Riego de elementos vegetales.—1. Los elementos vegetales se regarán con
la frecuencia aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones edafoclimatológicas y de las especies vegetales existentes, de forma que todos los elementos encuentren en el suelo el porcentaje de agua útil necesario para su óptimo crecimiento y desarrollo.
2. Se trata de organizar, realizar y programar la labor de riego con la mayor eficacia,
maximizando todos los sistemas y utilizando las técnicas de riego de forma óptima, adecuando el volumen de agua a las necesidades fisiológicas de los vegetales, evitando situaciones
de estrés hídrico y su decaimiento, y evitando encharcamientos en las zonas regadas, produciendo como consecuencia el máximo ahorro posible de agua. Con todo ello se logrará:
a) Alcanzar una sostenibilidad en la distribución, utilización y control de los sistemas.
b) Optimizar la eficiencia del uso y consumo de agua.
c) Promover el ahorro de agua, haciéndolo compatible con la conservación de las
zonas verdes.
Para ello la mejora de los sistemas, los cálculos de las necesidades y el control del gasto
serán las herramientas fundamentales para el desarrollo de los objetivos propuestos.
3. Se dispondrá una programación anual de riego de elementos vegetales, en el que
se establecerán las dosis y frecuencias correspondientes a cada época del año, mediante el
ajuste de los tiempos de riego de acuerdo al caudal y a la pluviometría real portada por los
emisores y el cálculo de dotaciones y que incluirá la programación del control del gasto del
agua, todo ello para el seguimiento por parte de los Servicios Técnicos Municipales. En el
caso de zonas verdes con agua reutilizada, se establecerán los horarios según convenio entre el Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Pinto.
4. Las dosis y frecuencias propuestas en la programación anual de riegos antes citada vendrán justificadas, igualmente, según las diferentes especies y variedades objeto del
riego, las características del sustrato (textura, estructura y pendiente) y las características
climáticas (precipitación, insolación, vientos, humedad relativa, etc.), teniendo en cuenta la
evapotranspiración potencial y real.
5. Al principio de cada año se establecerá un volumen total de necesidades teóricas
de riego por sector dentro de cada parque incluido en este pliego. Es responsabilidad del
prestador del servicio atendiendo a la forma de gestión que exista:
a) La organización, programación y ejecución del riego, su supervisión y control. Sin
perjuicio de la supervisión por el Ayuntamiento de Pinto.
b) La organización y realización de los riegos manuales que sean necesarios para
asegurar la pervivencia, en condiciones óptimas, de la masa vegetal del municipio
allí donde no exista red de riego.
c) El mantenimiento de todos los elementos de riego y su reposición y reparación.
d) La reparación y reposición, a su cargo, de las superficies deterioradas o perdidas
por la no observancia de lo indicado en los puntos anteriores.
e) Contar con los medios complementarios adecuados para las situaciones de deficiencias en los sistemas generales o restricciones por sequía y dotar a las zonas
verdes del agua suficiente para evitar su decaimiento, realizando si es necesario
riegos de apoyo para corregir estas deficiencias, ya sea con camión cisterna o con
cubas montadas en camión, si fuera necesario.
Pág. 319
BOCM-20230404-102
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