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Convenio –  Convenio de 8 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y ENVERA-Asociación de Empleados de Iberia padres de personas con discapacidad, para la realización de prácticas formativas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE MARZO DE 2023

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Reverso
Derechos y deberes de los alumnos
1. Durante la realización de las prácticas, los alumnos tendrán los siguientes derechos:
a) A la obtención de un certificado por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, donde
figurarán las actividades desarrolladas, así como su duración
b) A recibir, por parte de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social información de la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
c) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa
comunicación con antelación suficiente a la Dirección General de Atención a Personas con
Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
d) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los alumnos con discapacidad a la
información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones.
e) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con
aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de
discapacidad.
f) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en el propio Convenio.
2. Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes deberán
atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas establecida por la Asociación ENVERA.
b) Incorporarse al centro de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social en la fecha acordada, cumplir el horario previsto
en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales de la misma.
c) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la
Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia,
Juventud y Política Social conforme a las líneas establecidas en el mismo.
d) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la Dirección General de
Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
e) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la Dirección General de Atención a
Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social,
salvaguardando el buen nombre de la Asociación a la que pertenece.
f) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en el correspondiente Convenio.

BOCM-20230325-7

(03/4.394/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791