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Convenio –  Convenio de 8 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y ENVERA-Asociación de Empleados de Iberia padres de personas con discapacidad, para la realización de prácticas formativas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE MARZO DE 2023

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V. Que le corresponden a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la
Comunidad de Madrid a través de la Dirección General de atención a personas con discapacidad las competencias en materia de atención a personas con discapacidad, y en particular, la competencia relativa a “El diseño, implantación y gestión de programas y servicios
destinados a la integración sociolaboral de las personas con discapacidad o enfermedad
mental, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos”, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y
Política Social.
VI. Que ENVERA-Asociación de Empleados de Iberia padres de personas con discapacidad, entidad de ámbito estatal, domiciliada en Madrid, es una asociación sin ánimo
de lucro y declarada de utilidad pública que trabaja para favorecer la educación y la inserción laboral de las personas con discapacidad y desarrolla programas formativos que incluyen la realización de prácticas formativas en distintos ámbitos.
VII. Que ambas partes están interesadas en establecer un marco de colaboración que
permita la realización de prácticas a personas con discapacidad intelectual, facilitando de
esta manera su inserción laboral y participación social.
En virtud de lo expuesto, la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y
Política Social) y ENVERA formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio consiste en establecer la fórmula de colaboración entre
la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y ENVERA
para la realización de prácticas formativas de personas con discapacidad intelectual en las
dependencias de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, con el fin de promover su inserción socio laboral.
Segunda
Las prácticas formativas que se proponen tienen como objetivos fundamentales:
a) Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su aprendizaje teórico y práctico.
b) Procurar el entrenamiento en destrezas y habilidades que complementen la formación, tales como el trabajo en equipo, habilidades sociales y de comunicación y el
entrenamiento en habilidades laborales adaptadas aprendizaje o refuerzo de aquellos hábitos que les permiten estar en mejores condiciones para acceder al mundo
laboral.
c) Obtener una experiencia práctica que fomente el aprendizaje o refuerzo de aquellos
hábitos que les permiten estar en mejores condiciones para acceder al mundo laboral
que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura.
En la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta se determinarán: el número de alumnos participantes, los objetivos que se pretende alcanzar con cada uno de los
participantes y el lugar donde se desarrollarán las prácticas formativas.
Las prácticas formativas tendrán una duración máxima de tres meses y no podrán
superar las 20 horas semanales.
Dado el carácter formativo y de entrenamiento para la inserción laboral de las prácticas, los participantes no percibirán contraprestación económica alguna por las actividades
que realicen durante el desarrollo de las mismas, ni tendrán relación laboral alguna con la
Comunidad de Madrid, no dándose por lo tanto las notas del artículo 1.1 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores para ser consideradas estas prácticas como una relación laboral. Durante la vigencia de las prácticas, los participantes no podrán asumir responsabilidades profesionales ni ocupar puestos de trabajo alguno en la Comunidad de
Madrid, ni siquiera de carácter eventual.

BOCM-20230325-7

Desarrollo de las prácticas formativas