Madrid (BOCM-20230316-69)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan Especial Dehesa del Príncipe
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JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 64

tica y calidad del paisaje con los condicionantes climáticos y edafológicos, tal y como establece la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua. Serán también de referencia el
Manual de Criterios de Sostenibilidad en el Diseño de Zonas Verdes Urbanas y el Manual
de Criterios de Sostenibilidad en el Mantenimiento de zonas verdes urbanas, elaborados por
la Dirección de Servicios de Parques y Jardines del Área de Medio Ambiente.
2. En actuaciones de reurbanización integral de un ámbito se diseñará una red de riego por goteo para el conjunto de las áreas ajardinadas, zonas verdes y arbolado de alineación, incluidas en su ámbito, de acuerdo con la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del
Agua en la Ciudad de Madrid.
3. En actuaciones de reordenación de aparcamiento y teniendo en cuenta lo regulado en el artículo 31, se introducirá arbolado y/o alcorques continuos en separación de las
plazas, para garantizar un paisaje naturalizado que minimice el impacto visual del aparcamiento.
4. Las actuaciones que afecten a la red viaria deberán contemplar la introducción de
arbolado de alineación afectando en la menor medida posible a las plazas de aparcamiento
existentes. Se favorecerán las alineaciones que combinen arbolado de hoja caduca y perenne, así como de crecimiento rápido y lento, de forma que se favorezca un adecuado sombreamiento desde el principio. En las plantaciones arbóreas de porte medio o superior que
pudieran impedir el soleamiento en las fachadas durante el invierno, se utilizarán especies
de hoja caduca.
Art. 30. Iluminación.—El diseño de la iluminación con incidencia sobre los espacios
libres se realizará con los siguientes criterios:
a) Eficiencia y reducción de la contaminación lumínica, cumpliendo las disposiciones vigentes para el cálculo de los niveles de iluminancia y uniformidad.
b) Seguridad percibida, con especial atención en las vías peatonales propuestas.
Art. 31. Saneamiento.—En actuaciones de reurbanización, se adaptará la red existente a los criterios de los Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible (SUDS) descritos en la
Guía Básica de Diseño de Sistemas de Gestión Sostenible de Aguas Pluviales en Zonas
Verdes y otros Espacios Libres, editada por el Ayuntamiento de Madrid.
Art. 32. Vías públicas destinadas al tránsito de vehículos.—1. En las obras de reurbanización y mantenimiento de las calzadas, deberá propiciarse la utilización de medidas
de templado de tráfico que no impliquen un aumento de los niveles de emisión acústica:
a) Badenes continuos y elevaciones de la calzada (badenes o almohadas de sección
circular).
b) Cambios de pavimento sin discontinuidad brusca (cambios de coloración o cambios de textura en zonas de baja velocidad) en el viario interior de acceso.
Cualquiera de estas medidas se señalizará con la antelación y claridad suficientes para
evitar cambios bruscos de velocidad.
2. La urbanización garantizará la accesibilidad de todos los grupos de población al
transporte público y a los usos dotacionales públicos de servicios colectivos.
Art. 33. Señalización, mobiliario urbano y elementos singulares.—En obras de reurbanización se dispondrá señalización de orientación en los accesos a los itinerarios estructurantes. El material de asientos y respaldos en bancos será de baja inercia térmica y el diseño del mobiliario deberá buscar la mejor orientación en su colocación, para conseguir la
óptima capacidad de uso en todas las estaciones.
Se admite el mantenimiento de los elementos singulares existentes, en la medida que
sean compatibles con lo dispuesto en estas normas.
ANEXO A LAS NORMAS URBANÍSTICAS
Artículo 1. Objeto y alcance de este Anexo.—1. Este Anexo normativo se integra
en la documentación del Plan Especial como parte de las Normas Urbanísticas.
2. Tiene por objeto incorporar a la normativa del Plan Especial las Consideraciones
a tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial y los Condicionantes establecidos por
los organismos consultados, incluidos en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de
Madrid y recibido el 27 de diciembre 2022, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 5.2 de ese Informe Ambiental.
3. Incorpora también otras sugerencias de carácter normativo incluidas en otros informes emitidos por diferentes Administraciones, Organismos y/o Entidades, recibidos e

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