Bustarviejo (BOCM-20230316-75)
Organización y funcionamiento. Ordenanza protección arbolado urbano
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 64

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75

BUSTARVIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo del Pleno de fecha 30 de octubre de 2020, del Ayuntamiento de Bustarviejo,
por el que se aprueba definitivamente la Ordenanza municipal que regula la protección del
arbolado urbano.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la
Ordenanza municipal reguladora de protección del arbolado urbano, cuyo texto íntegro se
hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

La Constitución española en su artículo 45 establece como uno de sus principios rectores de la política social y económica, la obligación de los poderes públicos de velar por la
utilización racional de los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de
vida y defender y restaurar el medioambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad
colectiva.
En este contexto, la Comunidad de Madrid promulgó la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano, que dé los mecanismos necesarios para
proteger el existente, así como para su conservación y fomento.
La Ley Estatal 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, atribuye a los municipios la potestad de dictar ordenanzas en el ámbito de sus competencias entre las que se
incluye la protección del medioambiente urbano.
Debido al entorno en el que se encuentra Bustarviejo, tanto urbano como rústico, debemos, si cabe, enfatizar más sobre este tipo de actividades para proteger el gran patrimonio medioambiental del municipio. El arbolado urbano se configura, de manera fundamental, como un elemento integrador de valores sociales y de función social que debe de ser
protegido puesto que ayuda, si su implantación cumple los criterios de adaptación, tamaño
y porte adecuados con la zona donde se encuentre.
Es fundamental para implantar un desarrollo urbanístico respetuoso con nuestro entorno y la biodiversidad de que está compuesto, ya que representa un puente para la continuidad biológica del entorno natural y urbano.
Entre los beneficios del arbolado urbano se pueden destacar: la disminución de la temperatura, el aumento de la humedad ambiental, la generación de oxígeno, la retención y reducción de polvo, disminuye el ruido ambiental y la pérdida del agua de lluvia por escorrentía, además de la erosión del terreno.
Es necesario para dar un carácter integrador y organizador del espacio urbano además
que, al tener un marcado valor patrimonial, el mismo revaloriza determinadas zonas urbanas.
El arbolado urbano de Bustarviejo representa un conjunto interrelacionado de partes, con
identidad y valor propio, pero, solamente si está presente en una cantidad, calidad suficiente
y una distribución adecuada, teniendo en cuenta su porte, tamaño y adaptación al medio.
En cuanto al carácter social, el arbolado hace más amable el medio urbano, confiere
carácter público al espacio libre, posibilita la permanencia y el encuentro en el espacio libre urbano, dando capacidad a los barrios de la sociabilización de los vecinos dando un significado a estos espacios.
El sistema de Arbolado está constituido por el patrimonio arbóreo del medio urbano y
su entorno.
Está sujeto a los condicionantes de los demás sistemas urbanos y como sistema vivo
que se desarrolla en el tiempo, a las decisiones que afecten su futuro. Por ello el arbolado
urbano debe ser protegido.

BOCM-20230316-75

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS