D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230316-47)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 30 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Profesores Asociados Colegio Santa Cruz, Sdad. Coop. Lda., para el desarrollo del componente 21, inversión 2: Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 64

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

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someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo
competentes.
Asimismo, es de aplicación a este convenio la normativa vigente en materia de subvenciones, en concreto la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás normativa de desarrollo, así como aquella que le sea aplicable por el carácter económico-financiero del mismo.
En la medida de este convenio se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información
a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable
de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, resulta aplicable lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
La Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Educación
Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, aprobó en la Comunidad de Madrid la convocatoria para la participación de centros privados concertados de 2.o ciclo de educación infantil,
educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica, formación profesional de grado medio y/o bachillerato en el Programa PROA+ 21-23.
La Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Educación
Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, aprueba los proyectos autorizados y excluidos definitivos, financiados por el Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) y por fondos del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR), componente 21.
También son de aplicación las definiciones de fraude, corrupción y conflicto de intereses
contenidas en la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 20217, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión
a través del Derecho penal (Directiva PIF), así como la observancia y cumplimiento del Plan
de medidas antifraude de la Comunidad de Madrid para la ejecución de las medidas del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2021.
Undécima
Plazo de vigencia del convenio
El presente convenio tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Duodécima
Modificación del convenio

Decimotercera
Resolución del convenio
La resolución de este convenio, además de por el transcurso del tiempo establecido y
del cumplimiento del objeto, podrá efectuarse de manera anticipada, con el consecuente reintegro que, en su caso, conlleve, por las siguientes causas:

BOCM-20230316-47

El centro concertado deberá comunicar a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio la modificación, de cualquier circunstancia tanto objetiva como
subjetiva, que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención.
El convenio podrá ser modificado a instancias de la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) dentro del marco establecido por la vigente normativa en materia de subvenciones, previa suscripción de la correspondiente
adenda al convenio.