D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230316-47)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 30 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Profesores Asociados Colegio Santa Cruz, Sdad. Coop. Lda., para el desarrollo del componente 21, inversión 2: Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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B.O.C.M. Núm. 64

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

b) Informar al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del inicio de estas actuaciones que se enmarcan en el Programa PROA+.
c) Elaborar el Plan Estratégico de Mejora (PEM) del centro en el período asignado y
participar en la formación continua, con al menos dos personas del Claustro, una
de ellas del equipo directivo, en relación al mismo.
d) Integrar el Programa PROA+ en el funcionamiento ordinario del centro.
e) Presentar la consecución de los objetivos establecidos anualmente ante la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio.
f) Facilitar todos los datos que se requieran para el seguimiento y evaluación del Programa PROA+.
g) Aplicar, explicitar y desarrollar los principios pedagógicos del Programa PROA+.
h) Consultar asiduamente el espacio virtual PROA+ de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio de la Plataforma EducaMadrid, avisos y
notificaciones, ( https://aulavirtual38.educa.madrid.org/dg.concertada-becasyayudas )
y subir la documentación oportuna referida al expediente PROA+ de cada centro en
las fechas que se indiquen.
i) Atender y gestionar mediante los aplicativos informáticos que se destinen, tanto la
parte académica del Programa como la justificación del gasto, en cada uno de los
cursos escolares.
4. La persona titular de la dirección del centro designará un docente como Coordinador PROA+ y constituirá un Equipo Impulsor del programa. Este Equipo estará constituido
por profesorado voluntario que se comprometerá a participar en las actividades formativas
vinculadas al desarrollo del Programa PROA+ y a trasladar la formación recibida al resto de
componentes del claustro, así como a colaborar con el equipo directivo en el desarrollo, seguimiento y evaluación del programa.
5. Asimismo, el beneficiario queda sujeto a la normativa reguladora de los fondos
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR): Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por
el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia y Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar
por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del
cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas
de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. El adjudicatario, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en relación con la identificación de los
contratistas y subcontratistas, proporcionará a la Administración la siguiente información:
a) NIF del contratista o subcontratistas.
b) Nombre o razón social.
c) Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas.
d) Documentos de aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que
es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
e) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
f) Acreditación del beneficiario de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en
el Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la
actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
7. Asimismo, será obligación del beneficiario/subcontratistas las que se enumeran a
continuación:
a) Respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente (“DNSH” “do no significant harm”) en la ejecución

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