D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230316-47)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 30 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Profesores Asociados Colegio Santa Cruz, Sdad. Coop. Lda., para el desarrollo del componente 21, inversión 2: Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 64

el curso 2022-2023, que será financiada con cargo al Programa presupuestario 323M del Presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2022, sin perjuicio de la posterior justificación y reintegro.
El abono de las cantidades autorizadas al centro, conforme al plan de actividades palanca
presentado para el curso escolar 2022-2023, se realizará en un único pago, a lo largo del primer
cuatrimestre del curso, al objeto de que el centro pueda desarrollar las actuaciones previstas.
Con la dotación económica recibida para las actividades del Programa PROA+ 21-23
no podrán adquirirse ni justificarse bienes inventariables.
El presupuesto de gasto para atender la financiación con fondos públicos de la ayuda
para la participación en el Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, será sufragado en el ejercicio 2022, en los
subconceptos 48501 Educación infantil; 48502 Educación Primaria, 48505 Formación Profesional, 48506 Bachillerato, y 48507 Educación Secundaria Obligatoria ESO, del programa
presupuestario 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, del Presupuesto
de Gastos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad
de Madrid, financiado a su vez por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de los Fondos Next Generation EU.
El período subvencionable se desarrollará entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de
agosto de 2023.
Cuarta
1. En el plazo de 5 días hábiles posteriores a la firma del convenio, el centro docente beneficiario deberá presentar la siguiente documentación:
a) Certificación del compromiso del claustro de profesorado, para el curso escolar,
según el modelo del Anexo II.
b) Declaración responsable de no estar incursos en alguna de las circunstancias recogidas en la Ley Estatal 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y
en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Anexo III.
c) Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con el artículo 25 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Anexo IV.
d) Declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) firmado por la Dirección
del centro. Anexo V-A.
2. El centro deberá presentar, en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la firma de
los contratos de colaboración con empresas y/o profesionales contratados para la realización de las actividades:
a) Declaración de ausencia de conflictos de interés firmado el subcontratista/profesional contratado (DACI). Anexo V-B.
b) Informes justificativos de las contrataciones, según modelo Anexo VI.
c) Informes justificativos para la contratación de personal para actividades formativas, según modelo Anexo VII.
d) Declaración de cesión y tratamiento de datos. Anexo VIII.
e) Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones. Compromiso de cumplimiento de principios transversales. Anexo IX.
f) Declaración de respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente (“DNSH” “do no significant harm”).
Anexo X.
3. El centro beneficiario se obliga a cumplir los siguientes compromisos:
a) Aplicar los mecanismos de seguimiento y evaluación fijados a tal efecto por las
administraciones educativas, en el apartado 10 del Anexo del Acuerdo de 21 de
julio de 2021, de la Conferencia Sectorial de Educación, por el que se aprueba la
propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa PROA+.

BOCM-20230316-47

Obligaciones del beneficiario