D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230316-49)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 30 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Fundación Educación Marianista Domingo Lázaro, para el desarrollo del Componente 21, Inversión 2: Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 64

Décima
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Las partes resolverán de mutuo acuerdo cualquier problema de interpretación, así
como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución. En ausencia de acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo competentes.
Asimismo, es de aplicación a este convenio la normativa vigente en materia de subvenciones, en concreto la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás normativa de desarrollo, así como aquella que le sea aplicable por el carácter económico-financiero del mismo.
En la medida de este convenio se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30
de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información
a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de
las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, resulta aplicable lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
La Resolución de 27 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Educación
Concertada, Becas y Ayudas al estudio aprobó en la Comunidad de Madrid la convocatoria para la participación de centros privados concertados de 2.o ciclo de educación infantil,
educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica, formación profesional de grado medio y/o bachillerato en el programa PROA+21-23.
La Resolución de 24 de noviembre de 2021 de la Dirección General de Educación
Concertada, Becas y Ayudas al estudio aprueba los proyectos autorizados y excluidos definitivos, financiados por el Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+) y por fondos del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR), componente 21.
También son de aplicación las definiciones de fraude, corrupción y conflicto de intereses contenidas en la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 5 de julio de 20217, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros
de la Unión a través del Derecho penal (Directiva PIF), así como la observancia y cumplimiento del Plan de medidas antifraude de la Comunidad de Madrid para la ejecución de las
medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo
de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2021.
Undécima
Plazo de vigencia del convenio

Duodécima
Modificación del convenio
El centro concertado deberá comunicar a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio la modificación, de cualquier circunstancia tanto objetiva como
subjetiva, que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención.
El convenio podrá ser modificado a instancia de la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) dentro del marco establecido por la

BOCM-20230316-49

El presente convenio tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2022 hasta el 31 de
diciembre de 2023.