D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230316-49)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 30 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Fundación Educación Marianista Domingo Lázaro, para el desarrollo del Componente 21, Inversión 2: Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 64

JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

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actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
7. Asimismo, será obligación del beneficiario/subcontratistas las que se enumeran a
continuación:
a) Respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente (“DNSH” “do no significant harm”) en la ejecución
de las actuaciones previstas en el Programa. A este respecto, los centros concertados subvencionados al amparo del presente convenio deberán cumplimentar una
declaración responsable de adecuación al principio de “no causar perjuicio significativo” (principio “do not significant harm-DNSH”) el sentido establecido en el
apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo
y del Consejo de 12 de febrero de 2021, conforme al Anexo X.
b) Informar sobre cualesquiera otros fondos que contribuyan a la financiación de la
misma actividad que la que se regula en este convenio.
c) Deberán comprometerse a conceder los accesos necesarios para garantizar que la
Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de
Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales ejerzan sus
competencias.
d) Manifestar por escrito el compromiso de que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses y cumplir con todas las
medidas antifraude establecidas en la normativa europea, nacional y autonómica,
así como las contenidas en el Plan antifraude de la Comunidad de Madrid.
e) Informar para las posibles sospechas de fraude, a través de los canales de comunicación establecidos para ello:
— Canal público de la IGAE para comunicar denuncias de comportamientos
fraudulentos. En dicho canal, puede participar toda la ciudadanía, así como
cualquier persona física o jurídica interviniente en la medida:
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/ComunicacionSNCA.aspx
— Portal de transparencia de la Comunidad de Madrid:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/
f) Igualmente deberán manifestar por escrito el compromiso del cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia y que pudieran afectar al ámbito objeto de la gestión.
Quinta
El incumplimiento total o parcial de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención dará lugar al reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia
de interés de demora desde el momento del pago de la subvención en los términos y cuantía
establecidos en el artículo 32 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En caso de que el centro educativo beneficiario no utilice el importe total del dinero
recibido para la finalidad de la subvención concedida, el importe remanente deberá reintegrarse a la Administración antes de la rendición de cuentas justificativas de la subvención.
Asimismo, se procederá al reintegro, conforme a lo previsto en el artículo 37.4 del Real
Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, en caso de incumplimiento de hitos y objetivos,
calendario o cualquier otro aspecto relacionado con la normativa del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Sexta
Abono de la subvención
La Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio – Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid- abonará al centro educativo a lo largo del primer cuatrimestre del curso 2022-2023, a través de

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Reintegro de la subvención