B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230201-5)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven dos procesos selectivos para el ingreso, por el sistema de acceso libre y por el de promoción interna, respectivamente, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 27
o desde la página web, en el enlace que se indica a continuación, y adjuntándose
a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse:
d https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-auxiliares-archivos-bibliotecas-museos-c1
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de
los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la
Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
— En el supuesto de no optar por la presentación telemática, las personas aspirantes
podrán presentar el formulario que hayan impreso y firmado tras su cumplimentación, junto con la documentación requerida que corresponda, en cualquiera de
las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, o en
alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la
mencionada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes que, dentro del plazo
habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no
acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombradas como personal funcionario de
carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas
y Museos, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de
Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que,
en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto
BOCM-20230201-5
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro
del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 20 de enero de 2023.—La Directora General de Función Pública,
María José Esteban Raposo.
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 27
o desde la página web, en el enlace que se indica a continuación, y adjuntándose
a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse:
d https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-auxiliares-archivos-bibliotecas-museos-c1
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de
los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la
Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
— En el supuesto de no optar por la presentación telemática, las personas aspirantes
podrán presentar el formulario que hayan impreso y firmado tras su cumplimentación, junto con la documentación requerida que corresponda, en cualquiera de
las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, o en
alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la
mencionada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes que, dentro del plazo
habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no
acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombradas como personal funcionario de
carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas
y Museos, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de
Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que,
en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto
BOCM-20230201-5
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro
del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 20 de enero de 2023.—La Directora General de Función Pública,
María José Esteban Raposo.