C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230118-17)
Bien de interés cultural – Decreto 1/2023, de 11 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, La Casa García Valdecasas, en Pozuelo de Alarcón (Madrid)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 15
MIÉRCOLES 18 DE ENERO DE 2023
Pág. 45
C) DELIMITACIÓN DEL BIEN Y DE SU ENTORNO DE PROTECCIÓN
La Casa se encuentra situada en el término municipal de Pozuelo de Alarcón en la urbanización Somosaguas. La parcela linda con la Casa Carvajal al noreste, con la Calle Talavera al Este, con la Calle Aceres en su vértice noroeste y con tres parcelas residenciales
de viviendas unifamiliares en el límite sur y suroeste.
El Bien objeto de protección queda por lo tanto definido por la parcela número 6 de la
manzana 31543, es decir la Casa García Valdecasas y toda su extensión de jardín incluido
en dicha parcela.
1. Descripción literal de las parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección
La delimitación del entorno de protección está constituida por el perímetro de la parcela catastral referida (3154306VK3735S0001JI), así como las vías públicas que lindan con
la parcela 06 de la manzana 31543, es decir el tramo de la calle Talavera y el tramo de la
calle Aceres que cierran y limitan el entorno del Bien.
2. Espacios públicos incluidos en el entorno de protección
Los viales adyacentes a las dos fachadas de la casa a las calles Talavera y Aceres.
3. Justificación del entorno de protección
El área que le rodea al bien objeto de declaración es una extensa zona residencial de
viviendas unifamiliares de una superficie considerable en absoluto agresivas en cuanto a la
percepción del bien. Próxima a la misma existe una importante zona verde denominada el
Paseo de los Lagos. Se considera libre de posibles agresiones visuales por parte de las edificaciones próximas.
Asimismo, se considera que la unidad proyectual que Javier Carvajal planteó para el
proyecto de las casas Carvajal y García Valdecasas queda respetada por la protección como
Bien de Interés Cultural de ambos inmuebles, una protección de nivel superior que justifica que no se incluya la Casa Carvajal en el entorno de la García Valdecasas.
4. Descripción gráfica del Bien y del entorno
En F) se adjunta plano.
D) COMPATIBILIDAD DEL USO
CON LA CORRECTA CONSERVACIÓN DEL BIEN
Al continuar la vivienda con el uso residencial no presenta incompatibilidad alguna
para su correcta conservación. Los usos actuales del inmueble, destinados a vivienda, coinciden con los originales y se consideran los más adecuados para la correcta conservación
del bien. En todo caso, La utilización del bien quedará subordinada a que no se pongan en
peligro los valores que justifican su protección legal y cualquier cambio de uso en el mismo deberá ser comunicado a la administración competente.
El edificio se encuentra en buen estado de conservación debido a su correcto uso, que
continúa siendo el original de vivienda unifamiliar.
La casa ha sido objeto de rehabilitación en 2011, llevada a cabo por el arquitecto José
María Rubio Carvajal, sobrino de Javier Carvajal. En esta intervención se han conservado
y restaurado los elementos más característicos y determinantes de la obra inicial.
Los criterios para futuras intervenciones sobre el bien objeto de la declaración irán
orientadas a preservar los valores que motivan la declaración del inmueble como Bien de
Interés Cultural. En cualquier caso, las posibles actuaciones que se realicen en el edificio y
en su entorno deben regirse por los criterios de intervención establecidos en el artículo 20
de la Ley 3/2013 de 18 de junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
Además de lo expuesto, será objeto de especial atención cualquier actuación urbanística en los espacios libres que forman parte del entorno del bien, así como cualquier implantación de mobiliario urbano que pudiera alterar la percepción del monumento.
BOCM-20230118-17
E) ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL BIEN
Y CRITERIOS DE INTERVENCIÓN
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 15
MIÉRCOLES 18 DE ENERO DE 2023
Pág. 45
C) DELIMITACIÓN DEL BIEN Y DE SU ENTORNO DE PROTECCIÓN
La Casa se encuentra situada en el término municipal de Pozuelo de Alarcón en la urbanización Somosaguas. La parcela linda con la Casa Carvajal al noreste, con la Calle Talavera al Este, con la Calle Aceres en su vértice noroeste y con tres parcelas residenciales
de viviendas unifamiliares en el límite sur y suroeste.
El Bien objeto de protección queda por lo tanto definido por la parcela número 6 de la
manzana 31543, es decir la Casa García Valdecasas y toda su extensión de jardín incluido
en dicha parcela.
1. Descripción literal de las parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección
La delimitación del entorno de protección está constituida por el perímetro de la parcela catastral referida (3154306VK3735S0001JI), así como las vías públicas que lindan con
la parcela 06 de la manzana 31543, es decir el tramo de la calle Talavera y el tramo de la
calle Aceres que cierran y limitan el entorno del Bien.
2. Espacios públicos incluidos en el entorno de protección
Los viales adyacentes a las dos fachadas de la casa a las calles Talavera y Aceres.
3. Justificación del entorno de protección
El área que le rodea al bien objeto de declaración es una extensa zona residencial de
viviendas unifamiliares de una superficie considerable en absoluto agresivas en cuanto a la
percepción del bien. Próxima a la misma existe una importante zona verde denominada el
Paseo de los Lagos. Se considera libre de posibles agresiones visuales por parte de las edificaciones próximas.
Asimismo, se considera que la unidad proyectual que Javier Carvajal planteó para el
proyecto de las casas Carvajal y García Valdecasas queda respetada por la protección como
Bien de Interés Cultural de ambos inmuebles, una protección de nivel superior que justifica que no se incluya la Casa Carvajal en el entorno de la García Valdecasas.
4. Descripción gráfica del Bien y del entorno
En F) se adjunta plano.
D) COMPATIBILIDAD DEL USO
CON LA CORRECTA CONSERVACIÓN DEL BIEN
Al continuar la vivienda con el uso residencial no presenta incompatibilidad alguna
para su correcta conservación. Los usos actuales del inmueble, destinados a vivienda, coinciden con los originales y se consideran los más adecuados para la correcta conservación
del bien. En todo caso, La utilización del bien quedará subordinada a que no se pongan en
peligro los valores que justifican su protección legal y cualquier cambio de uso en el mismo deberá ser comunicado a la administración competente.
El edificio se encuentra en buen estado de conservación debido a su correcto uso, que
continúa siendo el original de vivienda unifamiliar.
La casa ha sido objeto de rehabilitación en 2011, llevada a cabo por el arquitecto José
María Rubio Carvajal, sobrino de Javier Carvajal. En esta intervención se han conservado
y restaurado los elementos más característicos y determinantes de la obra inicial.
Los criterios para futuras intervenciones sobre el bien objeto de la declaración irán
orientadas a preservar los valores que motivan la declaración del inmueble como Bien de
Interés Cultural. En cualquier caso, las posibles actuaciones que se realicen en el edificio y
en su entorno deben regirse por los criterios de intervención establecidos en el artículo 20
de la Ley 3/2013 de 18 de junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
Además de lo expuesto, será objeto de especial atención cualquier actuación urbanística en los espacios libres que forman parte del entorno del bien, así como cualquier implantación de mobiliario urbano que pudiera alterar la percepción del monumento.
BOCM-20230118-17
E) ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL BIEN
Y CRITERIOS DE INTERVENCIÓN