D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230110-16)
Convenio – Convenio de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, para la concesión directa de una subvención en especie valorada en 41.946,09 euros, destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del plan integrado de actuación “calle Hospitalillo”
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BOCM
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 8
con respecto a la fecha de su finalización, sin que pueda excederse en todo caso del plazo
máximo de vigencia señalado por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención
podrá dar lugar a la modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarta
Causas de resolución del convenio
El presente convenio quedará resuelto en los siguientes supuestos:
— Por mutuo acuerdo escrito de las partes.
— Por resolución del convenio de rehabilitación suscrito con Buitrago del Lozoya
con fecha de 30 de julio de 2020, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID el 13 de agosto de 2020.
— Por incumplimiento de las partes de los compromisos establecidos en el convenio.
— Por su denuncia.
— Por el acaecimiento de circunstancias que hagan imposible su cumplimiento.
— Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
— Por cualquier otra causa legalmente prevista.
En estos supuestos de resolución anticipada del convenio, deberá procederse a su
liquidación teniendo en cuenta los compromisos asumidos por cada una de las partes y
el grado de cumplimiento de estos al momento de la resolución.
En cuanto a las actuaciones en curso que no hubieran sido finalizadas en el momento
de la resolución, corresponderá al órgano de gestión determinar la forma en que se liquidarán tales actuaciones.
Decimoquinta
Publicación
El presente convenio deberá ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID dentro de los veinte días siguientes a su celebración. Asimismo, se publicará
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 23.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
DE
Decimosexta
La concesión al Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya de la subvención directa en especie valorada en 41.946,09 euros destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para acometer las actuaciones definidas en el plan integrado de actuación denominado “calle Hospitalillo” conlleva la necesidad de modificar las cláusulas relativas a la
financiación y la vigencia del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el
Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, para ejecutar el plan integrado de actuación denominado “calle Hospitalillo”, en el marco del plan estratégico de subvenciones para la
recuperación urbana integrada de cascos antiguos y de conjuntos urbanos homogéneos
con valor patrimonial para el período 2018-2021, en los términos de la adenda de modificación incluida en el anexo I del presente convenio.
Y para que así conste y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente
convenio a fecha de firma de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
1 Corrección de errores de la Orden de 13 de mayo de 2019 (publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de fecha 12 de junio de 2020).
2 Último dato publicado en el momento de empezar a tramitar la modificación de la Orden 2531/2022,
de 17 de agosto, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo.
BOCM-20230110-16
Modificación del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020,
suscrito con el Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya para ejecutar
el Plan Integrado de Actuación Denominado “calle Hospitalillo”
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 8
con respecto a la fecha de su finalización, sin que pueda excederse en todo caso del plazo
máximo de vigencia señalado por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención
podrá dar lugar a la modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarta
Causas de resolución del convenio
El presente convenio quedará resuelto en los siguientes supuestos:
— Por mutuo acuerdo escrito de las partes.
— Por resolución del convenio de rehabilitación suscrito con Buitrago del Lozoya
con fecha de 30 de julio de 2020, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID el 13 de agosto de 2020.
— Por incumplimiento de las partes de los compromisos establecidos en el convenio.
— Por su denuncia.
— Por el acaecimiento de circunstancias que hagan imposible su cumplimiento.
— Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
— Por cualquier otra causa legalmente prevista.
En estos supuestos de resolución anticipada del convenio, deberá procederse a su
liquidación teniendo en cuenta los compromisos asumidos por cada una de las partes y
el grado de cumplimiento de estos al momento de la resolución.
En cuanto a las actuaciones en curso que no hubieran sido finalizadas en el momento
de la resolución, corresponderá al órgano de gestión determinar la forma en que se liquidarán tales actuaciones.
Decimoquinta
Publicación
El presente convenio deberá ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID dentro de los veinte días siguientes a su celebración. Asimismo, se publicará
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 23.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
DE
Decimosexta
La concesión al Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya de la subvención directa en especie valorada en 41.946,09 euros destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para acometer las actuaciones definidas en el plan integrado de actuación denominado “calle Hospitalillo” conlleva la necesidad de modificar las cláusulas relativas a la
financiación y la vigencia del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el
Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, para ejecutar el plan integrado de actuación denominado “calle Hospitalillo”, en el marco del plan estratégico de subvenciones para la
recuperación urbana integrada de cascos antiguos y de conjuntos urbanos homogéneos
con valor patrimonial para el período 2018-2021, en los términos de la adenda de modificación incluida en el anexo I del presente convenio.
Y para que así conste y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente
convenio a fecha de firma de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
1 Corrección de errores de la Orden de 13 de mayo de 2019 (publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de fecha 12 de junio de 2020).
2 Último dato publicado en el momento de empezar a tramitar la modificación de la Orden 2531/2022,
de 17 de agosto, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo.
BOCM-20230110-16
Modificación del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020,
suscrito con el Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya para ejecutar
el Plan Integrado de Actuación Denominado “calle Hospitalillo”