C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221224-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S. A. (código número 28100482012013)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 306

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE DICIEMBRE DE 2022

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A. CUESTIONES GENERALES
El Plan de Formación se desarrollará de acuerdo con los siguientes criterios:
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El Plan de Formación tendrá una duración igual a la duración del convenio más un año,
por lo que se llevará a efecto entre los años 2022 y 2026, ambos inclusive, pudiendo
estar sujeto a modificaciones consensuadas en la Comisión de Formación. Sin perjuicio
de lo anterior, en el último trimestre de cada año ya podrán realizarse acciones formativas imputables al año siguiente.

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La empresa se compromete a convocar a todas las personas durante el periodo de vigencia del Plan de manera que, finalizado éste, todos los trabajadores hayan podido
concurrir al número de acciones correspondiente. Si no fuera así, no se podrá exigir el
requisito de formación a esa persona y la empresa se compromete a llevar a cabo las
horas de formación no realizadas, durante el siguiente año.

B. CARACTERÍSTICAS DEL PLAN DE FORMACIÓN
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l Plan de Formación consistirá en una oferta vivade cursos relacionados con la actividad de la empresa, organizados por temáticas y especialidades, si bien la Comisión de
Formación se encargará de revisarla por lo menos anualmente, por si hubiera que incluir cambios o actualizaciones tecnológicas. El catálogo de cursos asegurará que
cualquier trabajador halle alguna acción formativa relacionada con su profesión o su
área funcional- o futuro desarrollo profesional.

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Los cursos se desarrollarán, siempre que sea posible, en horario laboral, si bien las
modalidades de formación online y/o híbridas pueden desarrollarse fuera de este horario.

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Se ofrecerán cursos de tres tipos:
9 Relacionados con las áreas de actividad funcional de la empresa.
9 De carácter general o transversal
9 Relacionados con la transformación digital de la Compañía, que son los cursos que
tendrán un mayor foco en los próximos años.

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La duración de los cursos será variable, atendiendo a su carga lectiva. Se ofrecerá la
posibilidad de realizar anualmente un promedio de horas de formación que compagine
las necesidades formativas del trabajador y de la Empresa. De esta manera, el trabajador podrá solicitar formación adicional de manera voluntaria, petición que se estudiará
y se llevará a cabo si así se decide.

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Si el trabajador optara por recibir esta formación voluntaria su efectivo cumplimiento será en todo equivalente al de la formación obligatoria. Aquél que no la solicite o no la
realice no podrá acumularla al año siguiente.

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Los cursos de larga duración serán divididos en módulos realizables de forma anual.

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La formación tendrá carácter multimodal. Aula virtual, presencial, online, modelos híbridos,….., si bien se adaptará a la modalidad necesaria para cada contenido. Siempre
se informará de:
9 La modalidad de la oferta.
9 .La duración de los cursos.
Se garantizará un sistema de tutorías online, virtual o telefónicas, así como los materiales didácticos que sean necesarios para la realización o el seguimiento de la formación.

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La oferta formativa tendrá una publicación o actualización ANUAL y su oferta se informará en el 4º trimestre anterior a la realización del Plan Anual. Su publicación será a
través de la INTRANET: catálogo de los cursos, con sus contenidos, el número de horas en el que se desarrollará cada uno y los prerrequisitos orientativos en cuanto a conocimientos y/o experiencia previa, de cara a conseguir una mayor efectividad en el
mismo. También se especificará el mínimo y el máximo de asistentes para que la acción de formación pueda llevarse a cabo.

BOCM-20221224-1

C. PUESTA EN MARCHA DEL PLAN DE FORMACIÓN