D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221221-49)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Navalcarnero, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 303

MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

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2.3. Favorecer la incorporación de las mujeres a la sociedad de la información, en condiciones
de igualdad, que deberá concretarse en alguna de las siguientes acciones:



-

Acciones formativas dirigidas a reducir la brecha digital de mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

-

Organización de eventos y actividades que fomenten la participación de las mujeres
en la creación de contenidos digitales.

   
  
           
 

   
     
Las actuaciones a realizar en este apartado podrán tener como objetivos estratégicos:
-

El cambio cultural hacia la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la participación de las mujeres en el ámbito social.

-

La incorporación de la perspectiva de género en la Administración Local.

Además, todas las actividades justificadas en este apartado deberán ser específicamente diseñadas para este Programa, no siendo financiables la ejecución de actividades desarrolladas por la Entidad Local que contando con objetivos similares no han sido específicamente diseñadas en el marco
de este Programa, quedando, en todo caso, excluida de la financiación la participación en acciones o
eventos organizados por otras entidades públicas o privadas distintas de la Entidad Local.
1. Cambio Cultural hacia la Igualdad de Trato y de Oportunidades y Participación de las Mujeres
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias de las siguientes
actividades:
1.1. Fomento del cambio cultural en materia de igualdad, que podrá concretarse en alguna
de las siguientes acciones:
- Campañas de sensibilización en materia de igualdad entre mujeres y hombres en
el ámbito local.
- Diseño e incorporación a las webs municipales de contenidos relativos a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito local, y no solo de difusión de actividades.
1.2. Incorporación de la perspectiva de género al movimiento asociativo en general y apoyo específico al asociacionismo de las mujeres, que podrá concretarse en alguna de
las siguientes acciones:
- Formación en materia de igualdad de oportunidades dirigido a asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito de la Entidad Local.
- Intercambio de buenas prácticas en el ámbito local, en relación a la incorporación
de la perspectiva de género en el movimiento asociativo en general, a través de la
celebración de encuentros o jornadas o la edición y difusión de materiales didácticos.
- Campañas que den a conocer las asociaciones de mujeres que desarrollan proyectos en el ámbito de la Entidad Local y que incentiven sus participación en las
mismas.
- Intercambio de buenas prácticas entre asociaciones de mujeres que desarrollan
proyectos en el ámbito de la Entidad Local en relación a la promoción de la igualdad, a través de la celebración de encuentros o jornadas o la edición y difusión de
materiales didácticos.
2. Incorporación de la Perspectiva de Género en la Administración Local

2.1. Planes de Igualdad de Oportunidades en el ámbito local, con el objetivo de promover
la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres en el conjunto de políticas municipales de manera transversal, y que podrá concretarse en alguna de las siguientes acciones:
-

Diseño y difusión del Plan de Igualdad de Oportunidades

-

Evaluación del Plan de Igualdad de Oportunidades

La financiación de estas actuaciones quedará supeditada al conocimiento por parte de
la Dirección General de Igualdad de un proyecto en el que, entre otros apartados, se

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Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias de las siguientes
actividades: