C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221026-27)
Vías pecuarias –  Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueba el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Venturada (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 255

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE OCTUBRE DE 2022

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Recorre la calle de la Venta hasta el número 37B, donde haciendo un quiebro de noventa
grados al sur, por entre la parcela de urbana 04 de la manzana 78670 y la parcela de urbana 08 de
la manzana 80705, se dirige a tomar el camino del Canal de Isabel II.
Llevando como límite por la derecha el camino del canal de Isabel II (incluido en la Colada) y
por la izquierda las paredes de las parcelas de urbana números 08, 07 y 04 de la manzana 80705
avanza la Colada bordeando la población por la “Cuesta de la Iglesia” en la parcela de urbana 01
de la manzana 80705.
Sale de la zona urbana en los puntos de deslinde 57 y 58 para, discurriendo por las parcelas
388 y 301 del polígono 6, encaminarse a su final en la Colada de los Cerros. En este último tramo
por zona rústica limita por la derecha con las parcelas 308, 307, 306, 305, 304 y 303 del polígono 6
y por la izquierda con las parcelas 297, 298 y 300 también del polígono 6.
10.- “Colada de Los Cerros”
Numerada como Vía número 10 en el Proyecto de Clasificación, la describe con dirección
suroeste a noreste, otorgándole una anchura 15 metros y comienzo en la finalización de la Colada
de Carralavega y Colada de Las Eras o de La Vega. Se describe en este Deslinde igual que lo
hace el Proyecto de Clasificación, con rumbo suroeste a noreste, quedando con un recorrido medio
de 1.224,95 metros y ocupando una superficie total de 18.391,98 metros cuadrados. Ha quedado
totalmente deslindada con 52 puntos (26 por cada margen), quedando su descripción:
Al finalizar la Colada de Carralavega, en las inmediaciones del Arroyo Cabozo, comienza la
Colada de Los Cerros con anchura legal de 15 metros y dirección al noreste.
Nada más iniciar su andadura cruza perpendicularmente la Autoría N-I por un paso inferior
sobre la misma, para después girar hacia el norte y seguir una senda que transita por entre las
parcelas 121, 122, 123, 124 y 125 del polígono 6, hasta llegar a los puntos deslindados números
17 y 18.
Continúa siguiendo el curso arriba del Arroyo de Los Cerros hacia el nordeste, limitando con la
parcela 9704 por la derecha y parcela 126 por la izquierda, ambas del polígono 6 hasta llegar a una
curva pronunciada que hace el camino del Canal de Isabel II, en los puntos 33 y 34 del deslinde.
Sigue avanzando otros 100 metros en la misma dirección por terrenos de la parcela 9704 del
polígono 6 hasta los puntos de deslinde 37 y 38, en donde gira hacia la izquierda por el paraje
“Altos de los Cerros” para ir limitando con las parcelas 7, 6, 4, 3, 2 y 1 del polígono 6 por la
derecha y con la parcela 188 del polígono 6 por la izquierda, llegando a los puntos 45 y 46 del
deslinde.
Vira en esos puntos la Colada de los Huertos a la derecha, para seguir transitando por terrenos
de la parcela 9704 del polígono 6 (parcela de la que ya figura como titular la Comunidad de Madrid)
y dirigirse al final de su recorrido en “El Corral de los Cerros” para pasar al término municipal de
Redueña, donde se une al Cordel del Chifledero. Finaliza su deslinde en los puntos 51 y 52.
11.- “Colada deL Campillo o de Cabanillas”
Numerada como Vía número 11 en el Proyecto de Clasificación. No es objeto de este deslinde ya
que esta Vía Pecuaria quedó deslindada y amojonada por Acuerdo del ICONA de 28 de octubre
de 1972

Numerada como Vía número 12 en el Proyecto de Clasificación, la describe con dirección oeste a
este, otorgándole una anchura 40 metros y comienzo en Descansadero-Abrevadero del Arroyo de
Albalá.
Fue objeto de Modificación de Clasificación por Orden Ministerial de 17 de febrero de 1975,
publicada en el Boletín Oficial del estado de 26 de marzo de 1975 y en el Boletín Oficial de la
Provincia de Madrid del 1 de abril de1975 (solamente en el tramo que va desde su inicio hasta el
Descansadero del Cerrillo de la Paja). Posteriormente el tramo modificado fue deslindado y
amojonado por Acuerdo del ICONA de 28 de octubre de 1972.
Es por tanto objeto de este deslinde el tramo que va desde el Descansadero del Cerrillo de la
Paja hasta su finalización en la Colada de Carralavega. Se describe dicho tramo en este Deslinde,
igual que lo hace el Proyecto de Clasificación, con rumbo al sureste, quedando con un recorrido
medio de 895,13 metros y ocupando una superficie total de 35.139,64 metros cuadrados. Ha
quedado totalmente deslindada con 30 puntos (15 por cada margen), quedando su descripción:
Tras abandonar el Descansadero del Cerrillo de Paja, cruza la antigua Carretera Nacional I
para, con anchura de 40 metros y dirección al sureste, internarse por terrenos de las parcelas

BOCM-20221026-27

12.- “Colada de Las Eras o de La Vega”