C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221026-27)
Vías pecuarias – Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueba el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Venturada (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 255
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 161
Cuarto
La tramitación del expediente se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por
Orden Ministerial ya citada, observando las normas procedimentales contenidas en la
Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias, la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid así como en el Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad
de Madrid, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones y demás legislación aplicable.
En virtud de los antecedentes y fundamentos anteriores y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
RESUELVO
Primero
Aprobar el Deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Venturada
(Madrid), a excepción de las que se encuentran deslindadas por Resolución de la Dirección
General de Ganadería de 28 de octubre de 1972, de acuerdo a la memoria, anexo I, y plano, anexo II, de la presente resolución.
Segundo
BOCM-20221026-27
Desestimar las alegaciones presentadas por D. Alberto Pérez González, D.a Pilar Hernán Alonso, D. Ricardo Hernanz Hernán, D. José Carlos Hernán Canencia, D. José María
Blázquez Pérez, D. Manuel López Rueda, Ayuntamiento de Venturada, Canal de Isabel II,
D. Fernando y D. Francisco Javier Jiménez Pulmariño, D.a M.a Concepción Torres Hernanz, D.a María Jesús Canencia Valencia y Norte Grupo Inmobiliario, S.A. y estimar las
alegaciones presentadas por D.a María del Rosario Canencia Torres en el procedimiento de
Deslinde, en el sentido en que figura en el informe del Área de Vías Pecuarias de 23 de septiembre de 2022.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de
alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Viceconsejero de Medio Ambiente y Agricultura, conforme a lo establecido en
el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 28 de septiembre de 2022.—El Director General de Agricultura, Ganadería
y Alimentación, Ángel Enrique de Oteo Mancebo.
B.O.C.M. Núm. 255
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 161
Cuarto
La tramitación del expediente se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por
Orden Ministerial ya citada, observando las normas procedimentales contenidas en la
Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias, la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid así como en el Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad
de Madrid, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones y demás legislación aplicable.
En virtud de los antecedentes y fundamentos anteriores y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
RESUELVO
Primero
Aprobar el Deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Venturada
(Madrid), a excepción de las que se encuentran deslindadas por Resolución de la Dirección
General de Ganadería de 28 de octubre de 1972, de acuerdo a la memoria, anexo I, y plano, anexo II, de la presente resolución.
Segundo
BOCM-20221026-27
Desestimar las alegaciones presentadas por D. Alberto Pérez González, D.a Pilar Hernán Alonso, D. Ricardo Hernanz Hernán, D. José Carlos Hernán Canencia, D. José María
Blázquez Pérez, D. Manuel López Rueda, Ayuntamiento de Venturada, Canal de Isabel II,
D. Fernando y D. Francisco Javier Jiménez Pulmariño, D.a M.a Concepción Torres Hernanz, D.a María Jesús Canencia Valencia y Norte Grupo Inmobiliario, S.A. y estimar las
alegaciones presentadas por D.a María del Rosario Canencia Torres en el procedimiento de
Deslinde, en el sentido en que figura en el informe del Área de Vías Pecuarias de 23 de septiembre de 2022.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de
alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Viceconsejero de Medio Ambiente y Agricultura, conforme a lo establecido en
el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 28 de septiembre de 2022.—El Director General de Agricultura, Ganadería
y Alimentación, Ángel Enrique de Oteo Mancebo.