D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221021-16)
Convenio –  Convenio de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Complutense de Madrid para la concesión directa de una subvención para la financiación de la internacionalización del Sistema Madrileño de Universidades, Ciencia e Innovación, por importe de 225.000 euros, correspondiente a los ejercicios económicos de 2022, 2023 y 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 102

VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 251

Tercera
Cuantía de la subvención
La financiación de este Convenio se hará, con cargo al programa 466A, subconcepto
45990 “A Universidades Públicas y Privadas” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid por un importe total de 225.000 euros, correspondiente a los ejercicios
económicos de 2022, 2023 y 2024 para la ejecución del convenio.
Cuarta
Régimen jurídico
El presente convenio tiene la naturaleza jurídica prevista en el artículo 4.5.c) apartado 3.o
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, siendo de aplicación al mismo dicha Ley 2/1995, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y la Ley 5/1998, de 7 de marzo, de Fomento de la Investigación Científica y la
Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid.
Quinta
Requisitos necesarios para la concesión de la subvención
Con carácter previo a la formalización del convenio la Universidad Complutense de
Madrid deberá aportar las siguientes declaraciones responsables:
— Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a las
que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
— Declaración responsable indicando la existencia o no de cualquier solicitud u obtención de ayudas para la realización de las actividades contempladas en este convenio, procedente de otra Administración o Entidad pública o privada, nacional o
internacional.
— En el caso de que no haya autorizado su consulta, certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
— Certificado de inexistencia de apremio de deudas con la Comunidad de Madrid, el
cual se incorporará de oficio por la Comunidad de Madrid.
Sexta
1. Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas. Conforme a lo previsto en el
artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, solo se consideran como gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el período de ejecución.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Se incluyen los siguientes tipos de gastos:
a) Gastos de personal, para la contratación laboral de técnicos y personal de apoyo
que, preferentemente, deberán corresponder a nuevas contrataciones.
La contratación laboral podrá realizarse bajo cualquiera de las figuras laborales
existentes, de acuerdo con la naturaleza y procedimientos del beneficiario de la
ayuda.
La oferta de plazas para la contratación de técnicos y personal de apoyo deberá de
hacerse respetando los principios de libertad de acceso, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos.
Gastos relacionados con el programa de ayudas postdoctorales del Real Colegio
Complutense en Harvard, becas y gastos asociados a ellas.
b) Costes de equipamiento y material inventariable necesario para el desarrollo de las
actividades descritas. Estos costes no podrán aplicarse a la realización de obra civil,
ni adquisición de mobiliario, terrenos o edificios. En caso de que el equipamiento,
el instrumental y el material referidos en este apartado no se utilicen en toda su vida

BOCM-20221021-16

Conceptos subvencionables